SIN INFORMACION

SILVA-PAREDES/JUZGADO GARANTIA DE COLINA

Rol

Fecha

25 de marzo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Pablo Silva-Paredes, en representación de la parte querellante, quien deduce recurso de hecho en contra de la resolución de 17 de febrero del año en curso, dictada en causa RIT 753-2025, conocida por el Juzgado de Garantía de Colina, en cuanto esta denegó el recurso de apelación interpuesto contra resolución de 12 de febrero del presente, que fijó una audiencia para efecto de resolver una controversia respecto de la admisibilidad de la querella, en razón de que dicho recurso no sería procedente, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 370 del Código Procesal Penal. Luego de hacer lata referencia a los antecedentes de la causa y las gestiones realizadas por su parte, acompaña la resolución impugnada. Segundo: Que, evacuando informe el magistrado Carlos Poblete Gonzalez, Juez del Juzgado de Garantía de Colina, manifiesta, que el abogado recurrente interpone querella por el delito de obstrucción a la investigación, la que da origen a la causa antes singularizada, a través de su declaración de admisibilidad el 7 de febrero del año en curso. Respecto de dicha resolución, recurrió de reposición la abogada Daniela Castillo, en representación del querellado, alegando falta de legitimidad activa e inexistencia, resolviendo el tribunal que atendidos sus fundamentos, la complejidad de sus alegaciones, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 362 inciso 2º del Código Procesal Penal, fijar una audiencia para el día 31 de marzo, a efecto de ser oídas las partes. Indica que la parte querellante, recurrente en estos autos, repuso de la resolución que fijó audiencia con apelación en subsidio, dictada el 12 de febrero del año en curso, contradiciendo los argumentos de su contraparte y solicitando dejar sin efecto dicha audiencia. Sostiene que luego de rechazar la reposición interpuesta, en razón de no encontrarse firme la resolución admisibilidad de la querella, no se hace lugar a la interposición del recur

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 158, 369, 370 del Código Procesal Penal, se rechaza el recurso de hecho interpuesto por el abogado Pablo Silva-Paredes, en contra de la resolución de 17 de febrero del año en curso, dictada en causa RIT 753-2025, seguida ante el Juzgado de Garantía de Colina. Regístrese, comuníquese y archívese. N° Penal 840-2025.-

Texto Completo (Preview)

Santiago, veinticinco de marzo de dos mil veinticinco. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Pablo Silva-Paredes, en representación de la parte querellante, quien deduce recurso de hecho en contra de la resolución de 17 de febrero del año en curso, dictada en causa RIT 753-2025, conocida por el Juzgado de Garantía de Colina, en cuanto esta denegó el recurso de apelación int

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