JUZGADO DE GARANTIA DE ARICA

ILTON RICHARD CORTES PINTO C/ BRAYAN JEFFRI CABEZAS MURILLO

Rol

Fecha

25 de marzo de 2025

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrado, de los cuales se desprende que, en el presente caso, concurren todos y cada uno de los requisitos que señala el artículo 140 del Código Procesal Penal. Los dos primeros, no han sido debatidos en la audiencia. Respecto a la letra c), se estima que la libertad de las imputadas, resulta peligrosa para la seguridad de la sociedad, habida consideración a la gravedad de la pena asignada al hecho punible en comento y el haber actuado en grupo o pandilla, SE REVOCA la resolución de veinticuatro de marzo del año dos mil veinticinco, que no dio lugar a decretar la medida cautelar de prisión preventiva de las imputadas, decretando otras medidas cautelares del artículo 155 del Código Procesal Penal y, en su lugar, SE DECLARA que SE DECRETA la medida cautelar de prisión preventiva, respecto a Carol Michelle Rivera Valderrama y Valentina Corrales Ospina. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 231-2025 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.

Fallo

SE DECLARA que SE DECRETA la medida cautelar de prisión preventiva, respecto a Carol Michelle Rivera Valderrama y Valentina Corrales Ospina. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 231-2025 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.

Texto Completo (Preview)

Corte de Apelaciones de Arica. Arica, veinticinco de marzo de dos mil veinticinco. Sala: Segunda Rol: 231-2025 Penal Ruc: 2500391772-2 RIT: 2226-2025 Tribunal: Juzgado de Garantía de Arica Integrantes: ministro señor Pablo Zavala Fernández, ministro (i) señor Héctor Gutiérrez Massardo y abogada integrante señora Sandra Negretti Castro Relator (a): Jaqueline Cofré García Digitador (a): Ad

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