JUZGADO DE GARANTIA DE ANGOL

MINISTERIO PUBLICO C/ TOMAS IGNACIO GONZALEZ VALENZUELA

Rol

Fecha

25 de marzo de 2025

Materia

HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, esta Sala por unanimidad de sus integrantes, teniendo en consideración la naturaleza del delito por el cual ha sido formalizado el adolescente, la pena asignada al mismo, el bien jurídico protegido, las circunstancias de comisión, especialmente el hecho de haberse ejecutado al interior de un establecimiento educacional, hace pensar que la libertad del imputado adolescente Tomás Ignacio González Valenzuela, constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y de la víctima, razón por la cual, SE CONFIRMA la resolución de fecha veintiuno de marzo de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de Angol, en cuanto decretó la internación provisoria del adolescente ya referido. Comuníquese por la vía más rápida y agréguese a la carpeta digital. N°Penal-348-2025. (cwm)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, veinticinco de marzo de dos mil veinticinco. A lo principal y otrosí del escrito folio 3 y, a lo principal, primer y segundo otrosí del escrito folio 4: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, esta Sala por unanimidad de sus integrantes, teniendo en consideración la naturaleza del delito por el cual h

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