MP FISCALIA LOCAL C/ RODRIGO ANDRES CARMONA OLIVAREZ
Rol
Fecha
25 de marzo de 2025
Materia
FALSIFICACION O USO MALICIOSO DE DOC PÚBL ART. 193,194,196
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto: 1°.- Que, la defensa del imputado Rodrigo Andrés Carmona Olivarez, apela de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Bulnes, de doce de marzo del actual, que rechaza la solicitud de sobreseimiento definitivo respecto de los ilícitos de estafa, contemplados en el hecho número uno de la acusación fiscal, por cuanto ellos no serían constitutivos de delito; en subsidio, señala que se encuentra prescrita la acción penal, respecto de los hechos acaecidos entre los años 2015 a 2018, habiéndose formalizado la investigación en el mes de junio de 2024. 2°.- Que, el Ministerio Público y la parte querellante solicitan la confirmación de la resolución apelada, por no existir antecedentes que permitan determinar que los hechos investigados no son constitutivos de delito. En cuanto a la prescripción alegada, sostienen que se ha interrumpido el plazo de ella, por la comisión de nuevos ilícitos. 3°.- Que, respecto de la inexistencia de los delitos de estafa y la prescripción alegada, esta Corte coincide con los resuelto por el tribunal a-quo, en cuanto se trata de cuestiones de fondo que deben ser decididas por el respectivo tribunal, en la oportunidad procesal correspondiente, esto es, en el juicio oral o abreviado que se realice. 4°.- Que, finalmente, los informes invocados por la defensora deberán ser incorporados como medios de prueba en la audiencia correspondiente, y valorados, en su mérito, por el tribunal del fondo. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 250, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada, dictada en audiencia de doce de marzo del año en curso. Téngase por notificados a los intervinientes. Devuélvase inmediatamente. N° Penal-207-2025.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 250, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada, dictada en audiencia de doce de marzo del año en curso. Téngase por notificados a los intervinientes. Devuélvase inmediatamente. N° Penal-207-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Chillán GIP/ Chillán, veinticinco de marzo de dos mil veinticinco. Visto: 1°.- Que, la defensa del imputado Rodrigo Andrés Carmona Olivarez, apela de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Bulnes, de doce de marzo del actual, que rechaza la solicitud de sobreseimiento definitivo respecto de los ilícitos de estafa, contemplados en el hecho número uno de la acusación fiscal, po
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