CORTE DE APELACIONES

EDMUNDO RENATO JIMÉNEZ VENEGAS / JUAN DE DIOS REYES BASAUR Y HÉCTOR SANTIBÁÑEZ OBREQUE

Rol

Fecha

25 de marzo de 2025

Materia

SECUESTRO. ART. 141

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, y estimando estos sentenciadores que la resolución en alzada no satisface las exigencias contenidas en los artículos 274 y 275 del Código de Procedimiento Penal; y de conformidad con lo previsto en el artículo 54 bis del mismo Cuerpo de Enjuiciamiento, se revoca la resolución apelada de veintiocho de febrero del año en curso, esto es, el Auto de Procesamiento, escrito de fojas 455 a 463, de la causa Rol N° 284-2017, dictada por el Ministro en Visita Extraordinaria en causas de Derechos Humanos (S), don Erik Espinoza Cerda, en relación a los procesados Héctor Santibáñez Obreque y Juan de Dios Reyes Basaur, y en su lugar se ordena vuelva la causa a primera instancia, a fin de que: 1. Precise el grado de participación atribuido a los procesados Héctor Santibáñez Obreque y Juan de Dios Reyes Basaur, de conformidad con el artículo 15 del Código Penal. 2. Decrete las diligencias que resulten necesarias a fin de situar a la víctima en la época y lugar de los hechos materia del procesamiento y demás que deriven, pertinentes. Notifíquese y devuélvanse. N°Penal-611-2025.

Texto Completo (Preview)

Dgm. C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinticinco de marzo de dos mil veinticinco. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, y estimando estos sentenciadores que la resolución en alzada no satisface las exigencias contenidas en los artículos 274 y 275 del Código de Procedimiento Penal; y de conformidad con lo previsto en el artículo 54 bis del mismo Cuerpo de Enjuiciamiento, se revoca la resol

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