PROMOTORA CMR FALABELLA S.A/COLOMA
Rol
Fecha
25 de marzo de 2025
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Atendido que el articulista señaló en su solicitud de abandono del procedimiento la época desde la cual debía contabilizarse el tiempo de inactividad procesal y en atención a que el juez a quo no dio tramitación incidental a la petición, lo que significó que el ejecutante no fuera oído, se revoca, sin costas del recurso, la resolución de cinco de febrero de dos mil veinticinco, dictada por el Primer Juzgado de Letras de Los Ángeles, a folio 19 de los autos Rol C-4063-2019, que rechazó de plano la incidencia de abandono del procedimiento y, en su lugar, se ordena darle tramitación, otorgando traslado al ejecutante, todo lo cual deberá ser dispuesto y en su oportunidad resuelto por juez no inhabilitado. Devuélvase. N°Civil-516-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción JMP/shp Concepción, veinticinco de marzo de dos mil veinticinco. Visto: Atendido que el articulista señaló en su solicitud de abandono del procedimiento la época desde la cual debía contabilizarse el tiempo de inactividad procesal y en atención a que el juez a quo no dio tramitación incidental a la petición, lo que significó que el ejecutante no fuera oído, se revoca, sin costa
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