ANGELICA FABIOLA BURGOS FICA/ISAPRE COLMENA GOLDEN CROSS S.A.
Rol
Fecha
26 de marzo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INCOMPETENCIA
Hechos
Visto: Apareciendo de los antecedentes contractuales con los que ahora se cuenta luego de evacuado el informe, y desprendiéndose de ellos que el recurrente mantiene domicilio en Temuco, se declara que este tribunal no es competente para conocer la presente acción, sino que lo es la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Temuco, a la que deberán remitirse estos antecedentes. Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio remisor. N°Protección-994-2025.
Fallo
se declara que este tribunal no es competente para conocer la presente acción, sino que lo es la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Temuco, a la que deberán remitirse estos antecedentes. Sirva la presente resolución de suficiente y atento oficio remisor. N°Protección-994-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción GSR/ccv Concepción, veintiséis de marzo de dos mil veinticinco. Al escrito folio 5: A lo principal: Téngase por evacuado el informe de la Isapre Colmena Golden Cross S.A. Al primer otrosí: A sus antecedentes. Al segundo otrosí: Téngase presente. Al tercer otrosí: Téngase presente la personería y a sus antecedentes el documento. Visto: Apareciendo de los antecedentes contract
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