JUZGADO DE FAMILIA VIÑA DEL MAR

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

25 de marzo de 2025

Materia

ALIMENTOS

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y conforme a lo dispuesto en el artículo 19 quinquies de la Ley 14.908 sobre abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias, en el que no se limita expresamente que el procedimiento sea aplicable en una sola oportunidad ni establece plazo alguno para incoar un nuevo procedimiento y, de acuerdo a lo previsto en el artículo 67 de la Ley Nº19.968, se revoca la resolución apelada de veintiséis de noviembre de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Familia de Viña del Mar, en autos Rit Z-908-2024, y en su lugar se accede a lo solicitado, debiendo el tribunal a quo dar inicio al...

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Jepv. C.A. de Valparaíso. Valparaíso, veinticinco de marzo de dos mil veinticinco. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y conforme a lo dispuesto en el artículo 19 quinquies de la Ley 14.908 sobre abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias, en el que no se limita expresamente que el procedimiento sea aplicable en una sola oportunidad ni establece plazo alguno para incoar un nuev

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