SIN INFORMACION

MERINO HERNÁNDEZ CAROLINA DEL PILAR CONTRA JUZGADO DE GARANTÍA IQUIQUE

Rol

Fecha

24 de marzo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: Comparece defensor penal público penitenciario Oscar Toro Montes de Oca deduciendo recurso de amparo en favor de la condenada Carolina del Pilar Merino Hernández, privada de libertad en el Complejo Penitenciario Femenino de Arica, en contra de la Jueza Titular del Juzgado de Garantía de Iquique, Verónica Opazo Miranda, con motivo de su resolución dictada el 12 de marzo del presente año en la causa RIT N°2164-2013 del mismo tribunal, que rechazó declarar la media prescripción de la pena que actualmente cumple, perturbando su derecho a la libertad personal y seguridad individual. Explica que la amparada fue condenada en aquella causa a la pena de 541 días de presidio menor en su grado mínimo y multa de 2 unidades tributarias mensuales por el delito de tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades mediante sentencia de 14 de junio de 2013, la que encontrándose firme desde su dictación nunca inició cumplimiento de la pena sustitutiva de remisión condicional de la pena. Complementa que la pena sustitutiva fue revocada el 18 de julio de 2024 por el Juzgado de Garantía, más de 11 años de la sentencia de término. De esta forma, sostiene la media prescripción en que fue condenada posteriormente el 22 de julio de 2016, en causa RIT N°3670-2016 del mismo Juzgado, de modo que han transcurrido 1134 días, esto es, 3 años, 1 mes y 8 días, superando con creces el tiempo para decretar la media prescripción. Argumenta su recurso en el tenor literal del artículo 98 del Código Penal, impugnando la interpretación que atribuye al tribunal, porque debe contarse el plazo de prescripción desde que la sentencia se encuentra firme y no desde la revocación de la pena sustitutiva que no comenzó a cumplirse. Así, en su concepto, resulta aplicable el artículo 103 del Código Penal, esto es, si a la persona condenada se presentare o fuere habido antes de completar el tiempo de la prescripción de la pena, pero habiendo ya transcurrido la mitad del que se exige, deberá el tribun

Fundamentos

fundamentos del rechazo de solicitud de media prescripción. En primer lugar, deja constancia que la amparada nunca se presentó a cumplir la pena de remisión condicional de la pena y que a lo largo de los años tuvo la calidad de imputada en diversas causas, siendo condenada por hechos y sentencias posteriores, lo que produjo que estuviera privada de libertad por muchos años hasta la actualidad. De esta forma, precisa que después de la dictación de la sentencia en la presente causa, en junio de 2013, la condenada fue formalizada y dejada en prisión preventiva por un delito de tráfico de drogas con fecha 27 de julio de 2013, con motivo de la causa RIT N°9893-2013 del mismo tribunal, suspendiéndose así el cumplimiento de la remisión condicional en la causa que originó este amparo. Se mantuvo en prisión preventiva ininterrumpidamente por la nueva causa en comento hasta el mes de septiembre de 2014, oportunidad en que si bien finalmente resuelta absuelta de dichos cargos, recién se encontraba nuevamente en condiciones de cumplir con la pena sustitutiva de remisión condicional de autos, la que en consecuencia estuvo suspendida durante un año y dos meses aproximadamente. Complementa señalando diversas sentencias posteriores. En primer lugar, con fecha 22 de julio de 2016 fue nuevamente condenada por el delito de violación de morada en causa RIT N°3670-2016 del Juzgado de Garantía de Iquique. En segundo lugar, con fecha 6 de enero de 2020 resultó nuevamente condenada por un delito de daños, amenazas y otros, en causa RIT N°3003-2019 del Juzgado de Letras, Familia, Garantía y del Trabajo de Alto Hospicio. En tercer lugar, con fecha 23 de junio de 2021, en causa RIT N°134-2021 del Tribunal Oral en lo Penal de Iquique, se le condena a la pena de 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo y multa de 1 UTM por un delito de tráfico de drogas, la que debió cumplir de forma efectiva, estando privada de libertad con motivo de dicha causa desde el día 11 de febrero de 2020 de forma ininterrumpida, recuperando la misma recién en el mes de enero de 2022. En cuarto lugar, con fecha 28 de marzo de 2024, fue condenada por el Tribunal Oral en lo Penal de Rancagua en causa RIT 38-2024, a la pena de 6 años de presidio y 20 UTM, por el delito de tráfico de drogas, la que la mantiene actualmente privada de libertad. En dicha causa, quedó privada de libertad con fecha 23 de mayo de 2022, en prisión preventiva, estando recluida con motivo de dicha causa hasta la actualidad. Así las cosas, el 18 de julio del año pasado se revocó la pena sustitutiva y ordenó el ingreso a cumplimiento efectivo, la que comenzó a cumplir de forma inmediata y sin solución de continuidad, una vez cumplida la última condena. Concluye que, atendidos los procesos judiciales y condenadas, sumado el tiempo que estuvo privada de libertad en calidad de imputada o condenada, el plazo de prescripción se vio interrumpido y suspendido, en su caso, por lo que no había transcurrido ni la mitad del

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia sobre la materia, SE ACOGE la acción constitucional de amparo deducida en favor de Carolina del Pilar Merino Hernández, solo en cuanto, se deja sin efecto la resolución impugnada y se acoge la media prescripción respecto de la pena que sirve en la causa RIT N°2164-2013 del Juzgado de Garantía de Iquique, ordenando que se fije por aquel tribunal una audiencia para la determinación de la pena, con la comparecencia de los intervinientes. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad, archívese. Rol N°82-2025 Amparo.

Texto Completo (Preview)

Iquique, veinticuatro de marzo de dos mil veinticinco. VISTO: Comparece defensor penal público penitenciario Oscar Toro Montes de Oca deduciendo recurso de amparo en favor de la condenada Carolina del Pilar Merino Hernández, privada de libertad en el Complejo Penitenciario Femenino de Arica, en contra de la Jueza Titular del Juzgado de Garantía de Iquique, Verónica Opazo Miranda, con motivo de su

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica