INDEF S.A. Y OTRA CON SERVICIOS AGRICOLAS Y FORESTALES MECANIZADOS SEFOMEC LTDA.
Rol
Fecha
24 de marzo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE: Atendido lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 1° de la Ley 18.120, conforme al cual la obligación de constituir patrocinio se entiende cumplida por el hecho de poner el abogado su firma, nombre, apellidos y domicilio en la primera presentación, tal y como consta en el certificado de ingreso del escrito de contestación de la Oficina Judicial Virtual, SE REVOCA, sin costas del recurso, la resolución apelada de treinta de mayo de dos mil veinticuatro, contenida en el folio 33, dictada en causa Rol C-229-2024, del ingreso del Segundo Juzgado de Letras de Los Ángeles y, en su lugar se resuelve que juez no inhabilitado deberá retrotraer la causa al estado de proveer como en derecho corresponda el escrito de contestación y proseguir su tramitación hasta su conclusión. Devuélvase. N°Civil-1786-2024.
Fallo
se resuelve que juez no inhabilitado deberá retrotraer la causa al estado de proveer como en derecho corresponda el escrito de contestación y proseguir su tramitación hasta su conclusión. Devuélvase. N°Civil-1786-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción SFR/rtp Concepción, veinticuatro de marzo de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO ÚNICAMENTE PRESENTE: Atendido lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 1° de la Ley 18.120, conforme al cual la obligación de constituir patrocinio se entiende cumplida por el hecho de poner el abogado su firma, nombre, apellidos y domicilio en la primera presentación, tal y como consta en e
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