JUZGADO DE FAMILIA BUIN

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

24 de marzo de 2025

Materia

DIVORCIO DE COMUN ACUERDO

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente que el certificado de cese de convivencia no puede ser exigido a fin de dar curso a la solicitud planteada y lo dispuesto en los artículos 54-1 y 67 de la Ley 19.968, se revoca la resolución apelada de veintidós de noviembre de dos mil veinticuatro, dictada en causa RIT C-1326-2024, por el Juzgado de Familia de Buin y, en su lugar, se declara que el tribunal dará curso a la demanda como en derecho corresponda. Devuélvase. Nº 1648-2024 Fam. Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente que el certificado de cese de...

Fallo

se declara que el tribunal dará curso a la demanda como en derecho corresponda. Devuélvase. Nº 1648-2024 Fam. Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente que el certificado de cese de...

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veinticuatro de marzo de dos mil veinticinco. A los escritos folios 8, 9 y 10: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente que el certificado de cese de convivencia no puede ser exigido a fin de dar curso a la solicitud planteada y lo dispuesto en los artículos 54-1 y 67 de la Ley 19.968, se revoca la resolución apelada de veintidós de noviembre

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