SIN INFORMACION

AURILUS/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

24 de marzo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que Marcelo Carvallo Contreras, en representación de Rosena Aurilus Massilien, ciudadana haitiana, cédula de identidad para extranjeros N°26.093.784-7, domiciliada en calle Inés de Suarez N°13399, comuna de La Pintana, interpone acción de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la excesiva dilación en emitir pronunciamiento respecto de la solicitud de nacionalización presentada, omisión que afecta su derecho a la igualdad ante la ley, asegurado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República. Expone que la recurrente ingresó su solicitud el 18 de julio de 2024 y que a la fecha no ha obtenido pronunciamiento alguno por parte del Servicio recurrido, lo cual la mantiene en un constante estado de tensión e incertidumbre dada la dilación excesiva de dicho trámite, habiendo transcurrido el plazo de seis meses desde la realización de la solicitud fijado por la ley para resolver actos administrativos. Agrega que la omisión referida infringe las garantías contenidas en el artículo 19 N°1 y 2 de la Carta Fundamental. Previas citas legales, solicita se acoja el presente recurso, ordenando al recurrido pronunciarse sobre la solicitud dentro de un plazo razonable que no exceda de 30 días hábiles. Segundo: Que el Servicio Nacional de Migraciones informa, en lo pertinente, que el 18 de julio de 2024 la recurrente solicitó la carta de nacionalización y que desde esa fecha la solicitud se encuentra en etapa de “primer análisis”. Expone que mediante resolución de 13 de noviembre de 2023 se le otorgó a la extranjero el beneficio de permanencia definitiva, beneficio asimilado al actual beneficio de residencia definitiva por el artículo sexto transitorio de la Ley N° 21.325 de Migración y Extranjería, por lo que actualmente mantiene situación migratoria regular en el país. Agrega que la carta de nacionalización es, por su naturaleza jurídica, una concesión constitucional que otorga el Estado de Chile por

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Rosena Aurilus Massilien, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, debiendo la recurrida emitir pronunciamiento definitivo en lo que a su respecto corresponde, dentro del plazo de sesenta días contados desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°218-2025 Protección

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veinticuatro de marzo de dos mil veinticinco Vistos y teniendo presente: Primero: Que Marcelo Carvallo Contreras, en representación de Rosena Aurilus Massilien, ciudadana haitiana, cédula de identidad para extranjeros N°26.093.784-7, domiciliada en calle Inés de Suarez N°13399, comuna de La Pintana, interpone acción de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la e

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