JUZGADO DE FAMILIA SAN BERNARDO

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

24 de marzo de 2025

Materia

ALIMENTOS, REBAJA

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: 1°) De acuerdo al inciso quinto del artículo 4 de la Ley 14.908 sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias, el tribunal podrá acceder provisionalmente a la solicitud de aumento, rebaja o cese de una pensión, cuando estime que existen antecedentes suficientes que lo justifiquen. 2°) Asimismo, en el contexto general de la regulación de alimentos debe siempre tomarse en consideración el estado de necesidad del alimentario y la capacidad económica del alimentante. 3°) Ahora bien, conforme a lo anterior y al mérito de las alegaciones y antecedentes que se encuentran a la base ...

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veinticuatro de marzo de dos mil veinticinco. Al folio 8: Téngase presente. Vistos y considerando: 1°) De acuerdo al inciso quinto del artículo 4 de la Ley 14.908 sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias, el tribunal podrá acceder provisionalmente a la solicitud de aumento, rebaja o cese de una pensión, cuando estime que existen antecedentes suficientes que lo justifi

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