ANONIMIZADO
Rol
Fecha
24 de marzo de 2025
Materia
ALIMENTOS, REBAJA
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: 1°) De acuerdo al inciso quinto del artículo 4 de la Ley 14.908 sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias, el tribunal podrá acceder provisionalmente a la solicitud de aumento, rebaja o cese de una pensión, cuando estime que existen antecedentes suficientes que lo justifiquen. 2°) Asimismo, en el contexto general de la regulación de alimentos debe siempre tomarse en consideración el estado de necesidad del alimentario y la capacidad económica del alimentante. 3°) Ahora bien, conforme a lo anterior y al mérito de las alegaciones y antecedentes que se encuentran a la base ...
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veinticuatro de marzo de dos mil veinticinco. Al folio 8: Téngase presente. Vistos y considerando: 1°) De acuerdo al inciso quinto del artículo 4 de la Ley 14.908 sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias, el tribunal podrá acceder provisionalmente a la solicitud de aumento, rebaja o cese de una pensión, cuando estime que existen antecedentes suficientes que lo justifi
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica