ALICIA LILIANA ESPINOZA CUEVAS Y OTROS/TESORERÍA REGIONAL DEL BIOBIO
Rol
Fecha
24 de marzo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO PRIMERO: Que, comparece el abogado Jorge Montecinos Araya, en representación de Alicia Liliana Espinoza Cuevas, psicóloga; Thor Eric Sielfeld Espinoza, ingeniero civil mecánico; Nils Olaf Sielfeld Espinoza, perito agrícola; Sven Alex Sielfeld Figueroa, ingeniero civil mecánico; Pamela Savitri Sielfeld Figueroa, labores de casa; y Norma Cecilia Sielfeld Figueroa, ingeniero en alimentos, quienes comparecen por sí y en su carácter de herederos del ejecutado Juan Ernest Sielfeld Gundlach, recurriendo de protección en contra de la Tesorería Regional del Biobío, representada legalmente por el Tesorero Regional Cristián Astudillo González, por el acto arbitrario e ilegal efectuada por recurrida al compensar una devolución de impuesto a la renta de $9.700.534, afectando a los herederos. Expone que Juan Ernest Sielfeld Gundlach, falleció en abril de 2023, y la posesión efectiva de la herencia fue concedida en junio del mismo año. En noviembre de 2024, la Tesorería Regional de Concepción realizó una compensación de $5.370.948, sobre la devolución de impuestos, afectando el monto que debía ser devuelto a los herederos. La Tesorería no notificó a los herederos sobre la deuda o la compensación, lo que causó que Alicia Liliana Espinoza Cuevas, una de las herederas, buscara información y confirmara que la deuda era relacionada con un crédito otorgado a Nancy Pedreros Correa, trabajadora de la empresa del causante. Explica que la deuda sobre la cual se realizó la compensación fue originada en un crédito otorgado en el año 2014 a Nancy Pedreros, pero ella comenzó a trabajar para la empresa en el año 2016, lo que crearía una controversia sobre la legitimidad de la deuda. Refiere que según certificado de la Caja de Compensación Los Andes, la deuda estaba extinguida en noviembre de 2024, lo que haría improcedente la compensación. Sostiene que la compensación se realizó sin notificación ni acto administrativo formal, lo que contraviene los procedimientos establecidos por la ley. Además, la Tesorería no emitió una liquidación detallada de la deuda. Según el Código Civil, los herederos deben ser notificados personalmente de cualquier deuda pendiente antes de que pueda iniciarse la ejecución. Manifiesta que la deuda atribuida a la Caja de Compensación Los Andes no se puede aplicar, debido a que fue cobrada en un juicio ejecutivo previo a que Nancy Pedreros comenzara a trabajar en la empresa del causante. Estima que se ha vulnerado el derecho de propiedad asegurado en el artículo 19 número 24 dela Constitución Política de la República, por cuanto la compensación afecta el derecho de propiedad de los herederos sobre el dinero que legítimamente les corresponde. Termina solicitando que el recurso sea acogido, dejando sin efecto la compensación realizada, ordenando el pago de la suma de $5.370.948, debidamente reajustada desde la fecha de la compensación, todo ello con costas. SEGUNDO: Que, informó Nylda Ivonne Parra Novoa, Tesorera Provincial Talcahuano
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se resuelve: Que, SE ACOGE, sin costas, el recurso de protección intentado por el abogado Jorge Montecinos Araya, en representación de Alicia Liliana Espinoza Cuevas, Thor Eric Sielfeld Espinoza, Nils Olaf Sielfeld Espinoza, Sven Alex Sielfeld Figueroa, Pamela Savitri Sielfeld Figueroa, Norma Cecilia Sielfeld Figueroa en contra de la Tesorería Regional del Biobío y se ordena a la recurrida el pago a los actores, en su carácter de herederos del ejecutado Juan Ernest Sielfeld Gundlach, de la suma de $5.370.948, que le fuere retenida a este último por concepto de impuestos a la renta del año 2024. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. Redactada por el ministro señor Jordán. No firma la ministra titular Vivian Toloza Fernández, no obstante haber asistido a la vista y al acuerdo del recurso, por encontrarse haciendo uso de feriado legal. Rol N° 23179-2024 – Protección.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción cbe Concepción, veinticuatro de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO PRIMERO: Que, comparece el abogado Jorge Montecinos Araya, en representación de Alicia Liliana Espinoza Cuevas, psicóloga; Thor Eric Sielfeld Espinoza, ingeniero civil mecánico; Nils Olaf Sielfeld Espinoza, perito agrícola; Sven Alex Sielfeld Figueroa, ingeniero civil mecánico; Pamela Savitri Si
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