JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE TALCA

OYARZÚN/DELEGACIÓN REGIONAL PRESIDENCIAL DEL MAULE

Rol

Fecha

24 de marzo de 2025

Materia

APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: Se reproduce el fallo en alzada. Atendido el mérito de los antecedentes, lo dispuesto en los artículos 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil y 32 de la Ley 18.287, SE CONFIRMA la sentencia definitiva de 20 de junio de 2023, inserta en causa Rol 1164-2022 del Primer Juzgado de Policía Local de Talca, sin costas del recurso. Acordada con el voto en contra del ministro Gerardo Bernales Rojas, quien fue del parecer de REVOCAR la presente resolución por las siguientes consideraciones: 1°) Que consta que el tribunal cito a la testigo Nolfa del Carmen Varas Rojas, quien declaró que el cumplimiento del contrato de sus labores, de acuerdo al programa o pauta de cumplimiento, se encontraban dos guardias en la garita de acceso a la piscina y los otros dos en el acceso al estadio. De esta forma se acreditó que había en el lugar 4 guardias. 2°) Que no puede exigirse, por lógica, que en un recinto tan extendido como lo es el Estadio Fiscal de Talca, estén los 4 guardias en el mismo lugar, es de todo sentido común que ellos se distribuyan para una mejor cobertura de la seguridad, y lo señalado por la sentenciadora de que en la hoja de funcionamiento de fojas 14 , no dice que deben estar los 4 guardias en el mismo lugar, dice que deben estar en el Recinto, no desarrollando detalle de lugar determinado donde ubicarse, por lo que malamente puede, en una sentencia, establecerse una condición contractual que no fue establecida por los interesados. 3°) Que, consecuencialmente, si se estableció que había dos guardias en la piscina y dos guardias en el acceso al estadio, formando todo ello (piscina y estadio) un mismo recinto, la denunciada cumplió con su obligación y, por ende, debe absolvérsele de la denuncia cursada. Redactada por el ministro Gerardo Bernales Rojas Regístrese y devuélvase. Rol N° 220-2023 Policía local. Se deja constancia que no firman el ministro don Carlos Carrillo González y el abogado integrante don Rodrigo de la Vega Parra, no obstante haber co

Fallo

fallo en alzada. Atendido el mérito de los antecedentes, lo dispuesto en los artículos 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil y 32 de la Ley 18.287, SE CONFIRMA la sentencia definitiva de 20 de junio de 2023, inserta en causa Rol 1164-2022 del Primer Juzgado de Policía Local de Talca, sin costas del recurso. Acordada con el voto en contra del ministro Gerardo Bernales Rojas, quien fue del parecer de REVOCAR la presente resolución por las siguientes consideraciones: 1°) Que consta que el tribunal cito a la testigo Nolfa del Carmen Varas Rojas, quien declaró que el cumplimiento del contrato de sus labores, de acuerdo al programa o pauta de cumplimiento, se encontraban dos guardias en la garita de acceso a la piscina y los otros dos en el acceso al estadio. De esta forma se acreditó que había en el lugar 4 guardias. 2°) Que no puede exigirse, por lógica, que en un recinto tan extendido como lo es el Estadio Fiscal de Talca, estén los 4 guardias en el mismo lugar, es de todo sentido común que ellos se distribuyan para una mejor cobertura de la seguridad, y lo señalado por la sentenciadora de que en la hoja de funcionamiento de fojas 14 , no dice que deben estar los 4 guardias en el mismo lugar, dice que deben estar en el Recinto, no desarrollando detalle de lugar determinado donde ubicarse, por lo que malamente puede, en una sentencia, establecerse una condición contractual que no fue establecida por los interesados. 3°) Que, consecuencialmente, si se estableció que habí

Texto Completo (Preview)

Talca, veinticuatro de marzo de dos mil veinticinco. VISTO: Se reproduce el fallo en alzada. Atendido el mérito de los antecedentes, lo dispuesto en los artículos 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil y 32 de la Ley 18.287, SE CONFIRMA la sentencia definitiva de 20 de junio de 2023, inserta en causa Rol 1164-2022 del Primer Juzgado de Policía Local de Talca, sin costas del recurso. Acorda

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica