JUZGADO DE GARANTIA DE CHILLAN

MINISTERIO PUBLICO C/ RICHARD VICENTE GUZMAN FERNANDEZ

Rol

Fecha

24 de marzo de 2025

Materia

NEGOCIACIÓN INCOMPATIBLE. ART. 240 N1

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Que, en esta etapa procesal, se estima que la necesidad de cautela, atendida la naturaleza de los ilícitos atribuidos y los antecedentes señalados por los intervinientes en estrados, la pérdida de la calidad de funcionario público del imputado, y su irreprochable conducta anterior, permiten concluir a esta Corte que la medida impuesta por el a quo resulta suficiente para garantizar éxito de las diligencias de investigación y la seguridad de la sociedad. Por estas consideraciones y de conformidad además con lo previsto en los artículos 5, 122, 139, 155, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de diez de marzo del año en curso. Téngase por notificados a los intervinientes, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. R.I.C N° Penal-203-2025.-

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad además con lo previsto en los artículos 5, 122, 139, 155, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de diez de marzo del año en curso. Téngase por notificados a los intervinientes, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. R.I.C N° Penal-203-2025.-

Texto Completo (Preview)

C.A. Chillán mgab/rps Chillán, veinticuatro de marzo de dos mil veinticinco. Visto: Que, en esta etapa procesal, se estima que la necesidad de cautela, atendida la naturaleza de los ilícitos atribuidos y los antecedentes señalados por los intervinientes en estrados, la pérdida de la calidad de funcionario público del imputado, y su irreprochable conducta anterior, permiten concluir a esta Corte q

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica