MINISTERIO PUBLICO C/ RICHARD VICENTE GUZMAN FERNANDEZ
Rol
Fecha
24 de marzo de 2025
Materia
NEGOCIACIÓN INCOMPATIBLE. ART. 240 N1
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto: Que, en esta etapa procesal, se estima que la necesidad de cautela, atendida la naturaleza de los ilícitos atribuidos y los antecedentes señalados por los intervinientes en estrados, la pérdida de la calidad de funcionario público del imputado, y su irreprochable conducta anterior, permiten concluir a esta Corte que la medida impuesta por el a quo resulta suficiente para garantizar éxito de las diligencias de investigación y la seguridad de la sociedad. Por estas consideraciones y de conformidad además con lo previsto en los artículos 5, 122, 139, 155, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de diez de marzo del año en curso. Téngase por notificados a los intervinientes, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. R.I.C N° Penal-203-2025.-
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad además con lo previsto en los artículos 5, 122, 139, 155, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución de diez de marzo del año en curso. Téngase por notificados a los intervinientes, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. R.I.C N° Penal-203-2025.-
Texto Completo (Preview)
C.A. Chillán mgab/rps Chillán, veinticuatro de marzo de dos mil veinticinco. Visto: Que, en esta etapa procesal, se estima que la necesidad de cautela, atendida la naturaleza de los ilícitos atribuidos y los antecedentes señalados por los intervinientes en estrados, la pérdida de la calidad de funcionario público del imputado, y su irreprochable conducta anterior, permiten concluir a esta Corte q
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