ANONIMIZADO
Rol
Fecha
31 de marzo de 2025
Materia
ALIMENTOS
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1.- Que el recurso de apelación, en materia de Familia, procede contra la sentencia definitiva de primera instancia, las resoluciones que ponen término al procedimiento o hacen imposible su continuación, y las que se pronuncian sobre medidas cautelares, naturaleza que no es atribuible a la resolución apelada. 2.- Que, la resolución en alzada es aquella que se pronuncia sobre una objeción de liquidación de deuda por pensiones alimenticias, -rechazándola-, por lo que, el recurso de apelación que la impugna, se encuadra en el supuesto que ...
Texto Completo (Preview)
kom C.A. de Santiago Santiago, treinta y uno de marzo de dos mil veinticinco. Al folio 3, aténgase a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1.- Que el recurso de apelación, en materia de Familia, procede contra la sentencia definitiva de primera instancia, las resoluciones que ponen término al procedimiento o hacen imposible su continuación, y las que se pronuncian sobre medidas cautelar
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