DUTHAN CHERY/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
24 de marzo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que don Marcelo Carvallo Contreras, interpone acción constitucional de amparo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 inciso final de la Constitución Política de la República, en favor de don Duthan Chery, de nacionalidad haitiana, con domicilio en pasaje Doce N°211, comuna de Lo Espejo, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Thayer Correa, domiciliados en calle San Antonio N°580, comuna Santiago, que mediante Resolución Exenta N°25096546, de 20 de febrero de 2025, rechazó su solicitud de permanencia definitiva y ordenó su abandono del país dentro del plazo de 15 días, acto que estima desproporcionado, arbitrario, ilegal y vulneratorio de la garantía de libertad personal asegurada en el numeral 7° del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Indica que la resolución recurrida rechazó su permiso de residencia definitiva por no remitir un certificado de antecedentes penales de su país de origen adulterado, cuestión que, refiere, ocurrió por haber solicitado el documento a una persona equivocada, que le entregó un documento falso. Argumenta que dicha decisión resulta injusta, arbitraria y desproporcionada, desde que implica separarlo de su grupo familiar, formado por su pareja y sus dos hijos de nacionalidad chilena, así como de la posibilidad de seguir desarrollándose laboral y personalmente en el país. Solicita dejar sin efecto la resolución que dispone su abandono del país y, ordenar a la recurrida continuar con la tramitación de su solicitud, y con una nueva ponderación de los antecedentes, resolver conforme a derecho su solicitud. Segundo: Que informa al tenor de recurso el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso, por no existir un acto arbitrario o ilegal y haber actuado con apego a la normativa vigente. Luego de referir los antecedentes migratorios del recurrente, indica que éste solicitó un permiso de permanencia definitiva el 9 de ago
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Duthan Chery en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Acordada con el voto en contra del Sr. Contreras, quien fue del parecer de acoger la presente acción constitucional, dejar sin efecto la resolución impugnada y fijar un plazo de 60 día para los efectos de saldar la multa impugnada, estimando que la actuación denunciada resulta, en definitiva, ilegal por desproporcionada a la luz de los antecedentes del proceso. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°354-2025-Amparo 1 1 1
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veinticuatro de marzo de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que don Marcelo Carvallo Contreras, interpone acción constitucional de amparo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 inciso final de la Constitución Política de la República, en favor de don Duthan Chery, de nacionalidad haitiana, con domicilio en pasaje Doce N°211, comuna de Lo Espejo, en co
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