FUNDACION YARUR BASCUÑAN/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VIÑA DEL MAR
Rol
Fecha
24 de marzo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: Que, a folio 1 comparece el abogado Gabriel Muñoz Muñoz, en representación del Comité Pro Defensa del Patrimonio Histórico y Cultural de Viña del Mar y de la Fundación Yarur Bascuñán, y deduce reclamo de ilegalidad en contra del Decreto Alcaldicio N°426, de fecha 14 de enero de 2022, por medio del cual se acogió parcialmente, el reclamo de ilegalidad interpuesto en contra de la Resolución N°352/2021, dictada por la Dirección de Obras Municipales de Viña del Mar, impugnándose aquella parte por la cual se rechazó la acción invalidatoria dirigida en contra del Permiso de Obra Nueva N°9, de 31 de enero de 2019 y de sus resoluciones modificatorias, a saber, Resolución N°221, de fecha 14 de marzo de 2019; Resolución de modificación de Proyecto N°103/2019, de fecha 20 de diciembre de 2019 y Resolución N°73, de fecha 21 de enero de 2020, que modificó la Resolución N°103/2019, otorgados a la Sociedad Inmobiliaria Makrocéano S.A., para el desarrollo y ejecución del Proyecto Inmobiliario “Edificio Makrocéano”, emplazado en cercanías del Santuario de la Naturaleza Campo Dunar de Concón, en la comuna de Viña del Mar. Solicita dejar sin efecto la resolución DOM y el Decreto Alcaldicio recién citado, resolviendo en su reemplazo la invalidación del Permiso de Edificación (y sus modificaciones) otorgadas al proyecto “Edificio Makrocéano”, cuya ejecución fue declarada ilegal en recurso de protección Rol Nº34.140-2020, seguido ante esta Corte, confirmada por la Excma. Corte Suprema. Que, a folio 7, la reclamada Ilustre Municipalidad de Viña del Mar contestó el reclamo de ilegalidad, solicitando que el presente reclamo se resuelva conforme a derecho, por los argumentes que allí expresa. Que, a folio 9, se hizo parte en calidad de tercero independiente la sociedad Makrocéano S.A., petición a la que se le dio lugar mediante resolución de folio 12. Que, a folio 12, se recibió el reclamo a prueba. Que, a folio 64 y 153 evacuó informe la Sra. Fiscal Judicial, quien fue de parece
Fundamentos
Considerando: Primero: Que, por intermedio del presente reclamo lo pretendido es que se deje sin efecto el Decreto Alcaldicio N° 426, de fecha 14 de enero de 2022, por medio del cual se acogió en parte, el reclamo de ilegalidad interpuesto en contra de la Resolución N° 352/2021, dictada por la Dirección de Obras Municipales de Viña del Mar, impugnándose aquella parte por la cual se rechazó la acción invalidatoria dirigida en contra del Permiso de Obra Nueva N°9, de 31 de enero de 2019 y de sus resoluciones modificatorias. Segundo: Que, el reclamante funda su libelo señalando que el 31 de enero de 2019, la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad de Viña del Mar, emitió el Permiso de Edificación N°9/2019, autorizando, originalmente, a la Sociedad Inversiones y Rentas Vientos del Pacífico, para construir un edificio escalonado de nueve pisos de altura, con una superficie total edificada de 22.126,54 m2, destinado a fines habitacionales, en el inmueble ubicado en Avenida Borgoño N°20.290, Reñaca, Viña del Mar. Posteriormente, la resolución tuvo diversas modificaciones, siendo la última de ellas emitida el 21 de enero de 2020. El lugar donde se pretende ejecutar el proyecto se encuentra aproximadamente a 244 metros del Santuario de la Naturaleza Campo Dunar de Concón, objeto de protección legislativa en virtud del Decreto N°45, de diciembre de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente que establece como santuario de la naturaleza el “Campo Dunar de la Punta de Concón”, de las comunas de Concón y Viña del Mar, Región de Valparaíso, siendo un sistema natural que corresponde a la denominación “dunas colgadas”. Sostiene que pese a la ubicación y magnitud del proyecto, éste no contaba con una declaración o estudio de impacto ambiental, ni contaba con el permiso sectorial pertinente a la fecha de emisión del Permiso N°9 y sus resoluciones modificatorias, incluyendo la que alteró sustancialmente la morfología del proyecto y su titular, constituyendo a su juicio una ilegalidad y arbitrariedad manifiesta, cometida por la Dirección de Obras, que pese a la exigencia normativa del artículo 11, letra d), de la Ley N°19.300, otorgó los permisos. Conforme a ello, indica que dedujo un recurso de protección en contra del titular del permiso, acción que fue conocida por esta Corte bajo el Rol Protección N°34.140-2020, siendo acogido en todas sus partes y declarando que el proyecto debía someterse al procedimiento de evaluación ambiental, y ordenando su paralización, mientras no se cuente con la aprobación de la correspondiente evaluación ambiental, sentencia que fue confirmada por la Excma. Corte Suprema, con fecha 16 de febrero de 2021 (Rol N°138.427-2020). Añade que, habida cuenta de lo anterior, el 5 de mayo de 2021, solicitó la invalidación del permiso de Edificación N°9, de 31 de enero de 2019 y sus modificaciones posteriores, siendo rechazada dicha petición por el Director (s) de Obras Municipales de Viña del Mar, mediante la dictación de la resolución N
Fallo
fallo dictado por esta Corte únicamente dispone la paralización de las obras, hasta la aprobación de la correspondiente Evaluación de Impacto Ambiental; alega, además, la existencia de derechos de terceros de buena fe sobre el permiso de obra nueva y sus cuatro modificaciones, cuya invalidación afectaría esos derechos, y que la resolución N°602/2021 y el decreto alcaldicio n°426 de fecha 14 de enero de 2022, no infringen los artículos 10 letra g) y 11 letra d) de la Ley N°19.300, ni la garantía fundamental consagrada en el artículo 19 N°8, que acceder a la invalidación puede provocar un grave daño, y un peligro para la vida humana. Quinto: Que, se recibió a prueba el reclamo de ilegalidad, fijando como hecho sustancial, pertinente y controvertido, el siguiente: “…Vicios o defectos de ilegalidad del Decreto Alcaldicio 426 de fecha 14 de enero de 2022, de la Ilustre Municipalidad de Viña del Mar, que acogió parcialmente el reclamo de ilegalidad municipal deducido en contra de la resolución N° 602, de 12 de noviembre de 2021,dictada por el Director de Obras de la Municipalidad de Viña del Mar, que rechazó en todas sus partes la solicitud de invalidación presentada por el abogado Sr. Gabriel Alonso Muñoz Muñoz, en representación de la Corporación Pro-defensa del Patrimonio Histórico y Cultural de Viña del Mar y la Fundación Yarur Bascuñán, en contra del Permiso de Obra Nueva Nº 9/2019 de fecha 31 de enero de 2019 y sus modificaciones posteriores, otorgadas por la Dirección de Ob
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Jfah.- C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinticuatro de marzo de dos mil veinticinco. Visto: Que, a folio 1 comparece el abogado Gabriel Muñoz Muñoz, en representación del Comité Pro Defensa del Patrimonio Histórico y Cultural de Viña del Mar y de la Fundación Yarur Bascuñán, y deduce reclamo de ilegalidad en contra del Decreto Alcaldicio N°426, de fecha 14 de enero de 2022, por medio del cual se ac
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