JUZGADO DE GARANTIA DE LOS ANGELES

MIN PUBLICO C/ CRISTOBAL EDUARDO AEDO MARTINEZ

Rol

Fecha

22 de marzo de 2025

Materia

HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO, ÚNICAMENTE, PRESENTE: 1°.- Que el Ministerio Público apeló verbalmente de la resolución de 20 de marzo en curso, que denegó la solicitud de prisión preventiva, decretando las medidas cautelares de privación total de libertad en su casa y prohibición de salir del país, respecto del imputado Cristóbal Eduardo Aedo Martínez, quien se encuentra formalizado como autor del delito consumado de homicidio simple, previsto y sancionado en el artículo 391 N° 2 del Código Penal, solicitando que se revoque la resolución en alzada y se le imponga la medida cautelar de prisión preventiva. 2°.- Que de acuerdo al mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en la audiencia, en esta primigenia etapa procesal, existen elementos que permiten tener por justificada la existencia del delito de homicidio simple, previsto y sancionado en el artículo 391 N° 2 del Código Penal y presumir fundadamente la participación en calidad de autor del imputado Aedo Martínez, a saber, parte policial N° 486 de la Subcomisaria de Carabineros de Paillihue; informe policial N° 320 de la Policía de Investigaciones; la declaración del testigo Andrés “Galás”; la declaración de testigo presencial con reserva de identidad, dando cuenta de la dinámica de los hechos por los cuales ha sido formalizado el imputado, como, asimismo, la autoría en éstos, a quien describe por sus vestimentas y facciones y luego reconoce en imágenes fotográficas; empadronamiento de testigos; certificado de defunción de víctima dando cuenta de la causa de muerte, esto es, traumatismo encéfalo craneano como también el respectivo informe de autopsia en donde se concluye muerte tipo homicida; fijación fotográfica del sitio del suceso; incautación del teléfono celular y la entrada de registro al domicilio; informe de la Brigada de Homicidios en donde se concluye que el imputado tuvo participación en los hechos; satisfaciendo con ello los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Có

Fallo

se decide que se accede a la solicitud del Ministerio Público, imponiéndose en consecuencia al imputado la medida cautelar de prisión preventiva. Comuníquese por la vía más expedita al tribunal de origen. N°Penal-406-2025.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción ARF/mfmm Concepción, veintidós de marzo de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO, ÚNICAMENTE, PRESENTE: 1°.- Que el Ministerio Público apeló verbalmente de la resolución de 20 de marzo en curso, que denegó la solicitud de prisión preventiva, decretando las medidas cautelares de privación total de libertad en su casa y prohibición de salir del país, respecto del imputado Cristób

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