/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL ICA CHILLAN
Rol
Fecha
22 de marzo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INCOMPETENCIA
Hechos
Vistos: Apareciendo de los antecedentes acompañados que las resoluciones pronunciadas por las recurridas se dictaron en la ciudad de Chillán, se declara que este tribunal no es competente para conocer la presente acción, sino que lo es la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Chillán, a la que deberán remitirse estos antecedentes. Al segundo otrosí: Téngase presente. Tómese nota en los libros pertinentes. Sirva la presente resolución de suficiente oficio remisor. N°Amparo-161-2025.
Fallo
se declara que este tribunal no es competente para conocer la presente acción, sino que lo es la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Chillán, a la que deberán remitirse estos antecedentes. Al segundo otrosí: Téngase presente. Tómese nota en los libros pertinentes. Sirva la presente resolución de suficiente oficio remisor. N°Amparo-161-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción rbf Concepción, veintidós de marzo de dos mil veinticinco. Al recurso folio 1: A lo principal y primer otrosí: Vistos: Apareciendo de los antecedentes acompañados que las resoluciones pronunciadas por las recurridas se dictaron en la ciudad de Chillán, se declara que este tribunal no es competente para conocer la presente acción, sino que lo es la Ilustrísima Corte de Apelacion
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