SIN INFORMACION

HARLIN ROCIO ANTIQUERA ARAYA COMERCIALIZADORA DE ARTICULOS DE BELLEZA E.I.R.L/VERA

Rol

Fecha

21 de marzo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

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RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Marcelo Martínez Espinosa, abogado de la parte ejecutada Harlin Rocío Antiquera Araya Comercializadora De artículos De Belleza E.I.R.L en causa Rol N°C-1369-2024, caratulada “caratulados “BANCO DEL ESTADO DE CHILE/ANTIQUERA”, tramitada ante el Primer Juzgado de Letras de Coquimbo, interponiendo recurso de hecho en contra de la resolución dictada el 17 de febrero de 2025 por la cual se concedió en el solo efecto devolutivo su recurso de apelación interpuesto en contra de la sentencia definitiva, debiéndose haber concedido en ambos efectos. Alega, que por tratarse de una sentencia definitiva de aquellas señaladas en el artículo 158 inciso primero del Código de Procedimiento Civil, señala la que pone fin a la instancia, resolviendo la cuestión o asunto que ha sido objeto del juicio; ergo ya que es una sentencia definitiva de ese tipo, debe concederse en ambos efectos y no sólo en el efecto devolutivo como lo hizo en la resolución de fecha 17 de febrero pasado. Solicita, en definitiva, acoger el recurso de hecho y declarar que la apelación interpuesta queda concedida en ambos efectos. SEGUNDO: Que a folio 6 de la presente carpeta digital se trajo a la vista recurso civil bajo Rol Corte 276-2025, y en él consta la dictación de la sentencia definitiva en procedimiento ejecutivo de cobro de pagaré el 29 de enero de 2025, la cual rechaza las excepciones en contra de la ejecutada y ordena seguir adelante con la ejecución. El 13 de febrero de 2025 es recurrida la sentencia, concediéndose la apelación sólo en el efecto devolutivo. TERCERO: Que, cabe tener presente que el numeral primero del artículo 194 del Código de Procedimiento Civil dispone que: “Sin perjuicio de las excepciones expresamente establecidas en la ley, se concederá apelación sólo en el efecto devolutivo: 1°. De las resoluciones dictadas contra el demandado en los juicios ejecutivos y sumarios”, habiéndose recurrido en el presente caso por la parte ejecutada en contra de la sentencia definitiva que desestimó las excepciones opuestas, resolución a la que

Fallo

por tanto debe aplicarse lo previsto en la norma precedentemente citada, ajustándose a la misma que la apelación haya sido concedida en el solo efecto devolutivo, motivo por el cual este recurso de hecho deberá ser desestimado. Por estas consideraciones, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 203 y 204 ambos del Código de Procedimiento Civil, se RECHAZA el recurso de hecho interpuesto a folio 1 de esta carpeta digital. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Déjese copia de lo resuelto en el ingreso corte 276-2025 (Civil). Rol N°308-2025 (Civil) -

Texto Completo (Preview)

Martínez Espinosa, Marcelo Primer Juzgado de Letras de Coquimbo Recurso de hecho Rol N°308-2025 (Civil) La Serena, veintiuno de marzo de dos mil veinticinco. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Marcelo Martínez Espinosa, abogado de la parte ejecutada Harlin Rocío Antiquera Araya Comercializadora De artículos De Belleza E.I.R.L en causa Rol N°C-1369-2024, caratulada “caratulados “BANCO DE

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