JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SAN MIGUEL

VIGO SERVICIOS GENERALES S.A. / INSPECCION DEL TRABAJO SANTIAGO SUR

Rol

Fecha

21 de marzo de 2025

Materia

RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: En estos autos RIT I-29-2024 del Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, por sentencia de cuatro de noviembre de dos mil veinticuatro se rechazó la reclamación deducida por Vigo Servicios Generales S.A. en contra de la resolución N° 103, de 19 de marzo de 2024, dictada por la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Sur, que rechazó la reconsideración administrativa intentada, confirmando las multas 1, 2, 3, y 4 de la resolución 8660/2023/64, de 31 de agosto de 2023. En contra de dicho fallo la parte reclamante dedujo recurso de nulidad fundada, por vía principal, en la causal contenida en el inciso primero del artículo 477 del Código del Trabajo, en relación a los artículos 505-A y 27 del mismo Código y al artículo 23 del Decreto con Fuerza de Ley N° 2 de 1967 del Ministerio del Trabajo, en concordancia con el artículo 38 del Código Laboral. En subsidio, invoca la causal de la letra c) del artículo 478 del Código del Trabajo. Termina solicitando que se declare la nulidad de la sentencia y que se dicte una de reemplazo que acoja la reclamación judicial intentada y deje sin efecto las multas aplicadas o que, en subsidio, tenga por corregidas las infracciones y reduzca la sanción al mínimo legal o al monto que se estime de justicia, con costas. Esta Corte declaró admisible el recurso con fecha diecisiete de diciembre del año recién pasado y se procedió a su vista en la audiencia del día trece de marzo último, ocasión en la que se escucharon alegatos de los abogados de las partes, quedando la causa en estado de acuerdo.

Fundamentos

Considerando: Primero: Como se dijo, el arbitrio en examen se apoya, por vía principal, en la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, alegando que la sentencia fue dictada con infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo. Al respecto explica que su parte fue sancionada con la aplicación de cuatro multas. Sostiene que, en lo vinculado con aquellas signadas con los números 1 y 2, la transgresión denunciada se verifica en tanto el

Fallo

fallo la parte reclamante dedujo recurso de nulidad fundada, por vía principal, en la causal contenida en el inciso primero del artículo 477 del Código del Trabajo, en relación a los artículos 505-A y 27 del mismo Código y al artículo 23 del Decreto con Fuerza de Ley N° 2 de 1967 del Ministerio del Trabajo, en concordancia con el artículo 38 del Código Laboral. En subsidio, invoca la causal de la letra c) del artículo 478 del Código del Trabajo. Termina solicitando que se declare la nulidad de la sentencia y que se dicte una de reemplazo que acoja la reclamación judicial intentada y deje sin efecto las multas aplicadas o que, en subsidio, tenga por corregidas las infracciones y reduzca la sanción al mínimo legal o al monto que se estime de justicia, con costas. Esta Corte declaró admisible el recurso con fecha diecisiete de diciembre del año recién pasado y se procedió a su vista en la audiencia del día trece de marzo último, ocasión en la que se escucharon alegatos de los abogados de las partes, quedando la causa en estado de acuerdo. Considerando: Primero: Como se dijo, el arbitrio en examen se apoya, por vía principal, en la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, alegando que la sentencia fue dictada con infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo. Al respecto explica que su parte fue sancionada con la aplicación de cuatro multas. Sostiene que, en lo vinculado con aquellas signadas con los números 1 y 2, la transgresión denunciad

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San Miguel, veintiuno de marzo de dos mil veinticinco. Vistos: En estos autos RIT I-29-2024 del Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, por sentencia de cuatro de noviembre de dos mil veinticuatro se rechazó la reclamación deducida por Vigo Servicios Generales S.A. en contra de la resolución N° 103, de 19 de marzo de 2024, dictada por la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Sur, que rechaz

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