ADBIUT RAFAEL MONTIEL GERÓNIMO/MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA, SUBSECRETARÍA DEL INTERIOR Y SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
21 de marzo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Pablo Daniel Peñaloza, en favor de Adbiut Rafael Montiel Gerónimo, nacional de Colombia, domiciliado en Pasaje Mercurio N°3440, comuna de Lo Espejo, quien interpone acción constitucional de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones y la Subsecretaria del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, en razón de haber incurrido en una omisión ilegal que perturba la garantía fundamental del numeral 2 del artículo 19 de la Carta Fundamental, consistente en la falta de pronunciamiento respecto de su solicitud de nacionalización. Explica que el 8 de junio de 2022 presentó carta de nacionalización, sin tener respuesta a su respecto. Sostiene que las recurridas han vulnerado el principio de celeridad consagrado en la Ley 19.880 y, en consecuencia, su derecho de igualdad ante la ley, consagrado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República. Pide que se ordene a las recurridas pronunciarse sobre la solicitud planteada dentro de un plazo de sesenta días, con costas, con costas. Segundo: Que el Servicio Nacional de Migraciones informa al tenor del recurso, señalando que el recurrente es titular de residencia definitiva desde el 29 de noviembre de 2017 y que solicitó la carta de nacionalización el 8 de junio de 2022, la que se encuentra en etapa de ratificación ante la autoridad desde el 16 de octubre de 2023, esto es, a la espera de la decisión final, toda vez que mediante minuta de trámite de 2 de enero de 2024 fue remitida a la Oficina de Gabinete de la Subsecretaria recurrida. Expone que el recurrente mantiene residencia definitiva, por lo que no sufre perjuicio alguno por la falta de pronunciamiento definitivo de su solicitud. Tercero: Que informa al tenor del recurso la Subsecretaria del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Indica que la solicitud de nacionalización del recurrente se encuentra en sus últimas etapas de tramitación, previa a la firma de la autorida
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte sobre la materia, se declara que se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de Adbiut Rafael Montiel Gerónimo, sólo en cuanto el Servicio Nacional de Migraciones deberá emitir el pronunciamiento que le corresponde, dentro del plazo de treinta días corridos, contado desde que la sentencia quede ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°148-2025 Protección
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San Miguel, veintiuno de marzo de dos mil veinticinco Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Pablo Daniel Peñaloza, en favor de Adbiut Rafael Montiel Gerónimo, nacional de Colombia, domiciliado en Pasaje Mercurio N°3440, comuna de Lo Espejo, quien interpone acción constitucional de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones y la Subsecretaria del Ministerio de
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