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Rol
Fecha
21 de marzo de 2025
Materia
PRESTACIONES
Resultado
ANULA DE OFICIO
Hechos
Visto y teniendo presente: Que, en relación con la demanda del actor, esta contenía expresamente la indicación del RUT correspondiente a la demandada “Instituto de Diagnóstico S.A.”, lo que permitía su correcta individualización, que es en definitiva lo único que acusó esa demandada para oponer la excepción de ineptitud del libelo, a lo que se suma que la misma contestó la demanda, lo que evidencia que el supuesto error en la individualización de esa parte carece de toda trascendencia, sin perjuicio de lo cual, el demandante en la misma audiencia preparatoria se allanó a corregir la parte en que podría estar equivocada la razón social de aquella demandada, lo que debió llevar al tribunal a tener por subsanado el supuesto defecto. Por ese motivo y teniendo presente, además, lo dispuesto en el artículo 429 inciso segundo del Código del Trabajo, actuando esta Corte de oficio, en consideración a que el tribunal debió tener por subsanado el defecto de que se trata en la misma audiencia, se anula de oficio la resolución apelada de fecha siete de febrero de dos mil veinticinco, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en autos RIT N° O-6832-2024 y, en su lugar se ordena que un juez no inhabilitado continúe con la tramitación que corresponda. Atendido lo resuelto, se omite pronunciamiento respecto del recurso de apelación interpuesto por la parte demandante. Acordado con el voto en contra de la ministra Leyton Varela, quien fue de opinión de confirmar la resolución apelada, teniendo únicamente presente para ello que el escrito de la parte demandante para subsanar el defecto fue presentado fuera del plazo indicado por el tribunal, fijado en conformidad con lo dispuesto en el artículo 453 N° 1 del Código del Trabajo, a lo que se agrega el hecho que la decisión del tribunal de acoger la excepción dilatoria en cuestión no fue objetada por el ahora apelante, tanto que se allanó a la misma. Comuníquese. N°Laboral-Cobranza-600-2025.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de marzo de dos mil veinticinco. Visto y teniendo presente: Que, en relación con la demanda del actor, esta contenía expresamente la indicación del RUT correspondiente a la demandada “Instituto de Diagnóstico S.A.”, lo que permitía su correcta individualización, que es en definitiva lo único que acusó esa demandada para oponer la excepción de ineptitud del lib
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