JUZGADO DE GARANTIA DE RANCAGUA

MP/RAÚL ANDRÉS MARÍN GARAY

Rol

Fecha

21 de marzo de 2025

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, las razones dadas por el juez a quo para imponer la cautelar que se revisa y considerando, además, la naturaleza y forma de comisión del delito materia de la formalización, cuya pena, de acuerdo con el marco rígido establecido en el artículo 449 del Código Penal, necesariamente le corresponde a una de crimen, a lo que debe agregarse la discusión que pueda plantearse respecto de la reincidencia específica, contexto en el que la cautelar decretada en esta etapa procesal, resulta proporcional, idónea y necesaria para los fines del procedimiento. Por lo anterior y lo dispuesto en los artículos 140, 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de diecisiete de marzo de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de Rancagua, en causa RIT 2272-2025, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Raúl Andrés Marín Garay. Comuníquese y devuélvase. Rol Corte 295-2025.Penal.

Texto Completo (Preview)

//mjcv C.A. Rancagua Rancagua, veintiuno de marzo de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, las razones dadas por el juez a quo para imponer la cautelar que se revisa y considerando, además, la naturaleza y forma de comisión del delito materia de la formalización, cuya pena, de acuerdo con el marco rígido establecido en el artículo 449 del Código Penal, necesariament

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