JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE EL MONTE

BANCO DEL ESTADO DE CHILE/ MAUREIRA PEREZ LUIS

Rol

Fecha

20 de marzo de 2025

Materia

INFRACCIÓN LEY SERVICIO NACIONAL DEL CONSUMIDOR

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Y teniendo, además, presente: Primero: Que, pese al cúmulo de antecedentes probatorios aportados por la demandante, esta última no logró demostrar el actuar doloso o negligente de la demandada, aportando otros elementos, como pudiera haber sido algún fotograma o registro visual de la persona que giró los dineros, a manera de evidenciar la diligencia de su parte en el cumplimiento del deber de seguridad que tiene estatuido en el artículo 6 de la ley N° 20.009. Segundo: Que no debe perderse de vista que en litigios promovidos con el contexto fáctico como el de la especie, la institución financiera es, por regla general, el litigante que se encuentra en una mejor posición jurídica relativa de aportar los elementos de prueba idóneos para sostener su pretensión, actividad procesal que, sin embargo, no aparece debidamente realizada por la demandada en la presente causa. Y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley N°18.287, se confirma la sentencia apelada de once de julio de dos mil veinticuatro, dictada por el Juzgado de Policía Local de El Monte. N° 398-2024 Policía Local

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San Miguel, veinte de marzo de dos mil veinticinco Vistos: Y teniendo, además, presente: Primero: Que, pese al cúmulo de antecedentes probatorios aportados por la demandante, esta última no logró demostrar el actuar doloso o negligente de la demandada, aportando otros elementos, como pudiera haber sido algún fotograma o registro visual de la persona que giró los dineros, a manera de evidenciar la

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