SIN INFORMACION

SILVA PERALTA MARINA INES /HEIDKE BIBIANO JUDITH ALEXANDRA

Rol

Fecha

20 de marzo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: A folio 1, Wilson Chaparro Ibacache, abogado, deduce acción de protección en favor de Marina Inés Silva Peralta, Eliana Isabel Silva Peralta, Lidia del Carmen Silva Peralta, Hilda del Carmen Silva Peralta, Ana Rosa Silva Peralta, María Angélica Silva Briceño, Marianela Alejandra Silva Briceño, Magaly del Carmen Silva Briceño, Carmen Gloria Silva Briceño, Carmen Gloria Silva Rodríguez, Alicia Silva Martínez y Natacha Silva Martínez, quienes integran la sucesión hereditaria quedada tras el fallecimiento de Benigno Ernesto del Carmen Silva Silva y Ana Luisa Peralta y en contra de Inmobiliaria Bibiano Limitada, Judith Alexandra Heidke Bibiano, George Gino Heidke Bibiano y todos quienes resulten responsables, por el acto que considera ilegal y arbitrario, consistente en la ocupación ilegal del inmueble denominado "Las Diucas", ubicado en Callejón Las Diucas, calle Brasil S/N, comuna de Putaendo, Región de Valparaíso, lo que estima vulnera sus derechos fundamentales garantizados en el artículo 19 N°2 y 24 de la Constitución Política de la República. Sostiene que, los recurridos han ingresado al predio sin título legítimo y han realizado intervenciones como instalación de cercos, destrucción de una pirca histórica, tala de especies nativas y construcción de estructuras. Indica que, la propiedad fue adquirida por sucesión hereditaria de Benigno Ernesto del Carmen Silva Silva y Ana Luisa Peralta, estando inscrita en el Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso desde 1999, sin constar traspaso de dominio a los ocupantes. Explica que, en noviembre de 2024, al inspeccionar el inmueble, constató la existencia de nuevas construcciones y la destrucción de elementos originales. Precisa que, al requerir explicaciones, los ocupantes afirmaron actuar bajo instrucciones de Judith Alexandra Heidke Bibiano. Manifiesta que, denunció los hechos ante Carabineros, ocasión en que los recurridos alegaron ser propietarios y exhibieron documentos cuyo contenido desconoce. Asegura que,

Fundamentos

considerando: Primero: Que, la acción constitucional de protección, consagrada en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, ha sido establecida a favor de quien, por causa de actos u omisiones arbitrarios o ilegales, sufra privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio algunos de los derechos y garantías establecidas en el artículo 19 de la Carta Fundamental. Segundo: Que, los recurrentes señalan ser parte de la sucesión hereditaria Silva Peralta, la cual posee título inscrito y ha detentado el dominio del inmueble denominado "Las Diucas" desde 1999, ubicado en Callejón Las Diucas, calle Brasil S/N, comuna de Putaendo, el que se encuentra ocupado ilegalmente por los recurridos, ordenándose su desalojo, así como decretar la prohibición de ingreso a cualquier persona que no cuente con un título legítimo. Además, requieren que se faculte a Carabineros de Chile para resguardar el inmueble por un plazo mínimo de 30 días, o el que se estime prudente, sin perjuicio de la adopción de otras medidas que resulten necesarias. Tercero: Que, los recurridos informaron, en síntesis, que el inmueble en cuestión pertenece a Inmobiliaria Bibiano Limitada, la cual posee título inscrito y ha ejercido dominio material sobre la propiedad por más de 20 años. Agregaron que los recurrentes carecen de un derecho de propiedad indubitado, pues la inscripción que acompañan data de 1955 y resulta insuficiente para acreditar su dominio sobre el predio, además de existir discrepancias entre los roles de avalúo y las superficies respecto de la propiedad reclamada. Sostuvieron, asimismo, que el recurso de protección no constituye la vía idónea para resolver esta controversia, ya que lo debatido es una cuestión de dominio y posesión, materias que deben ser ventiladas en un juicio civil y no mediante una acción constitucional. Cuarto: Que, a partir de lo expuesto, se concluye que la controversia se centra en determinar la titularidad del derecho de dominio sobre el inmueble denominado Las Diucas, ubicado en Callejón Las Diucas, calle Brasil S/N, comuna de Putaendo, Rol de Avalúo 132-13. Sin embargo, dicha cuestión no puede ser dilucidada mediante la presente vía cautelar de urgencia, toda vez que esta no constituye una instancia declarativa de derechos, sino un mecanismo de protección de aquellos que, siendo indubitados, se vean afectados por una acción ilegal y arbitraria. Tales presupuestos no concurren en la especie, por lo que el recurso no está en condiciones de prosperar, sin perjuicio de otros derechos que puedan asistir a los recurrentes.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre la materia, se rechaza, sin costas, la acción de protección deducida en favor de Marina Inés Silva Peralta, Eliana Isabel Silva Peralta, Lidia del Carmen Silva Peralta, Hilda del Carmen Silva Peralta, Ana Rosa Silva Peralta, María Angélica Silva Briceño, Marianela Alejandra Silva Briceño, Magaly del Carmen Silva Briceño, Carmen Gloria Silva Briceño, Carmen Gloria Silva Rodríguez, Alicia Silva Martínez y Natacha Silva Martínez, en contra de Inmobiliaria Bibiano Limitada, Judith Alexandra Heidke Bibiano, George Gino Heidke Bibiano y todos quienes resulten responsables. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-7215-2024.

Texto Completo (Preview)

Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinte de marzo de dos mil veinticinco. Vistos: A folio 1, Wilson Chaparro Ibacache, abogado, deduce acción de protección en favor de Marina Inés Silva Peralta, Eliana Isabel Silva Peralta, Lidia del Carmen Silva Peralta, Hilda del Carmen Silva Peralta, Ana Rosa Silva Peralta, María Angélica Silva Briceño, Marianela Alejandra Silva Briceño, Magaly del Carmen Silv

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica