JUZGADO DE GARANTIA DE CASABLANCA

MINISTERIO PUBLICO C/ LUCIANO IGNACIO SALAS LOYOLA

Rol

Fecha

20 de marzo de 2025

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Visto: Atendida la naturaleza jurídica de la resolución impugnada, esto es, aquella que no condena en costas a la querellante, y teniendo presente que, no se encuentra en las hipótesis previstas en el artículo 370 del Código Procesal Penal, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por el abogado defensor penal privado don Javier Rojas-Mery, en contra de la resolución de diez de marzo de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de Casablanca, en sus autos RIT 333-2024. Devuélvase. N°Penal-721-2025.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por el abogado defensor penal privado don Javier Rojas-Mery, en contra de la resolución de diez de marzo de dos mil veinticinco, dictada por el Juzgado de Garantía de Casablanca, en sus autos RIT 333-2024. Devuélvase. N°Penal-721-2025.

Texto Completo (Preview)

Dgg C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinte de marzo de dos mil veinticinco. Proveyendo folio N°1, “ingreso recurso”: Visto: Atendida la naturaleza jurídica de la resolución impugnada, esto es, aquella que no condena en costas a la querellante, y teniendo presente que, no se encuentra en las hipótesis previstas en el artículo 370 del Código Procesal Penal, se declara inadmisible el recurso de apela

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