MP C/ JAVIER ANDRÉS QUINTERO VÁSQUEZ
Rol
Fecha
20 de marzo de 2025
Materia
MALTRATO DE OBRA A CARABINEROS ART. 416 Y 416 BIS CODIGO DE JUSTICIA MILITAR
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los abogados en estrados, y
Fundamentos
considerando que el imputado Javier Andrés Quintero Vásquez, se encuentra formalizado por el delito de maltrato de obra a Carabineros, amenazas a Carabineros, tráfico de pequeñas cantidades de drogas, y porte de arma corto punzante, considerando además que al momento de la comisión del presente ilícito, éste se encontraba cumpliendo la pena sustitutiva de remisión condicional en mérito de una codena previa por delito de la misma especie (tráfico de pequeñas cantidades), circunstancia que además implica la eventual concurrencia de una circunstancia agravante, y teniendo especialmente presente lo dispuesto en el artículo 62 de la ley 20.000, que indica: “No se aplicará ninguna de las penas sustitutivas contempladas en la ley Nº 18.216 a la persona que haya sido condenada con anterioridad por alguno de los crímenes o simples delitos contemplados en esta ley o en la ley Nº 19.366, en virtud de sentencia ejecutoriada, haya cumplido, o no, efectivamente la condena, a menos que le sea reconocida la circunstancia atenuante de cooperación eficaz.”, constituyen todos elementos de juicio que permiten disentir de lo razonado por el juez a quo, y estimar que la libertad del imputado resulta un peligro para la seguridad de la sociedad. Por lo anterior y lo dispuesto en los artículos 140, 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de diecinueve de marzo de dos mil veinticinco, dictada en causa RIT 2393-2025, por el Juzgado de Garantía de Rancagua, que denegó la cautelar de prisión preventiva del imputado Javier Andrés Quintero Vásquez y en su lugar se decreta que se hace lugar a la misma. Comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte 289-2025- Penal
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, veinte de marzo de dos mil veinticinco. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los abogados en estrados, y considerando que el imputado Javier Andrés Quintero Vásquez, se encuentra formalizado por el delito de maltrato de obra a Carabineros, amenazas a Carabineros, tráfico de pequeñas cantidades de drogas, y porte de arma corto punzante, consider
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