SIN INFORMACION

EN FAVOR DE MARYKETH JAYANI OBESO CABRERA CONTRA POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE CHILE

Rol

Fecha

20 de marzo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Con fecha 18 de marzo de 2025 comparece el licenciado en derecho David Ernesto Gutiérrez Vergara, en favor de doña Maryketh Jayani Obeso Cabrera, de nacionalidad peruana, quien interpuso recurso de amparo en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, por mantener retenida a la amparada en el aeropuerto de la ciudad de Santiago, sin entregar información concreta respecto de su detención. Comenta que la recurrente ha estado en Chile en varias oportunidades y que en una de ellas se le cursó una multa por permanecer en el país con su permiso vencido, multa que pagó y que posteriormente retornó a Perú, manteniendo en lo demás una conducta siempre intachable. Luego, recibió una oferta de trabajo para trabajar como asesora del hogar en Chile, suscribiendo el contrato ante el cónsul de Chile en Perú, por lo que procedió a solicitar su permiso de residencia temporal por

Fundamentos

motivos laborales, la que se encuentra actualmente en trámite. Expone que en el contexto descrito, viajó a Chile con fines de recreación, a fin de visitar unos amigos, y para conocer a sus empleadores y el lugar donde trabajará, sin ningún ánimo de permanencia, pero al llegar al aeropuerto en la ciudad de Santiago es retenida y no se le permite la entrada al país, sin que se le otorgue mayor información sobre el motivo de dicho acto arbitrario e ilegal, ya que atendidas las normas contenidas en el tratado internacional Mercosur, la actora puede ingresar y desplazarse por el país libremente, ya que no mantiene prohibición de ingreso. Finalizó solicitando a esta Corte que, acogiendo el presente recurso, se disponga la realización de una audiencia lo más pronto posible y que se permita a la agraviada ingresar a Chile, ya que es residente en Chile, que no sea devuelta a Perú y, en caso de haberlo sido, que pueda regresar a la brevedad y entrar a Chile sin más trámite, solo presentando su pasaporte. A folio 6, con fecha 19 de marzo de 2025, comparece el jefe subrogante de la Región Policial del Libertador Bernardo O'Higgins, señalando que el Departamento de Migraciones y Policía Internacional Aeropuerto, informó que, con fecha 16 de marzo de 2025, la amparada que arribó en el vuelo de la Aerolínea Sky N°803, fue impedida de ingresar al territorio nacional, atendido lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 21.325, ya que al momento del control migratorio manifestó que el motivo de su viaje al país era visitar amigos, sin embargo, mantenía residencia temporaria ingresada recientemente. Además, se le informó en el acto a la pasajera, que mantenía a su favor el recurso administrativo especial y se le garantizó a la reconducida ser oída por la mayor autoridad contralora presente en el paso fronterizo, encargado de turno Comisario Rodrigo Inostroza Gutiérrez, a quien le manifestó su deseo de no informar su situación a persona alguna. Indica que el Departamento de Migraciones y Policía Internacional Aeropuerto, precisó que la extranjera embarcó en el vuelo SK804, del mismo día 16 de marzo, con horario de salida a las 21:10 horas. Sostiene que, de los antecedentes expuestos, se ha podido constatar, que no hay una vulneración de las garantías constitucionales por parte de la Policía de Investigaciones de Chile, ya que no existe, a criterio de la recurrida, una agresión en grado de privación, perturbación o amenaza, por parte de la PDI, quien ha dado cumplimiento a la normativa vigente en materia de extranjería, razón por la cual solicita el rechazo de la presente acción constitucional de amparo. Acompañaron las partes los documentos que se encuentran agregados a la causa. En su oportunidad, se trajeron los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: 1.- Que, el recurso de amparo, de conformidad a lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, es una acción constitucional que tiene por objeto resguardar la libert

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de doña Maryketh Jayani Obeso Cabrera, de nacionalidad peruana, en contra de la Policía de Investigaciones de Chile. Regístrese, comuníquese y archívese. Rol Corte 128-2025 Amparo. Se deja constancia que esta sentencia no reúne los presupuestos del Acta 44-2022 de la Excma. Corte Suprema para ser anonimizada.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, veinte de marzo de dos mil veinticinco. Vistos: Con fecha 18 de marzo de 2025 comparece el licenciado en derecho David Ernesto Gutiérrez Vergara, en favor de doña Maryketh Jayani Obeso Cabrera, de nacionalidad peruana, quien interpuso recurso de amparo en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, por mantener retenida a la amparada en el aeropuerto de la ciudad

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