C/ CRISTIAN ISAIAS ALVAREZ LOBOS
Rol
Fecha
18 de marzo de 2025
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: las mentadas probanzas. 1°) Por resolución de 14 de febrero del año en curso, dictada en la audiencia de preparación de juicio oral, por el Segundo Juzgado de Garantía de esta ciudad, en la causa ROL N°O-5818-2024, seguida contra el imputado adolescente Cristian Isaías Álvarez Lobos, por los delitos de robo con intimidación y de receptación de vehículo motorizado, se excluyó de la prueba presentada por el Ministerio Público fotografías correspondientes a las vestimentas del imputado y un documento consistente en el encargo N°615613, de la Subsecretaría de Prevención del Delito. Contra esa resolución el Ministerio Público dedujo recurso de apelación, solicitando sea revocada, por cuanto la prueba excluida fue obtenida sin haber vulnerado ninguna de las garantías fundamentales y, por tanto, se ordene incluir en el auto de apertura de juicio oral las mentadas probanzas. 2°) En lo que respecta a la exclusión de las fotografías, tal como indica la resolución impugnada, cobra vigor el artículo 31 de la Ley N°20.084, en aquella parte que exige la participación del defensor en “cualquier actuación en que se requiera al adolescente y que exceda de la mera acreditación de su identidad”, circunstancia que precisamente es la que acontece en la especie, toda vez que dichas fotografías fueron obtenidas en ausencia de un defensor del imputado y en forma autónoma por la policía, según lo debatido en la audiencia, ya que no pudo acreditarse por el ente persecutor que su obtención haya sido autorizada o visada previamente por el fiscal, de modo tal que efectivamente corresponden a una diligencia ilícita, toda vez que infringe el citado artículo 31 y, además, las garantías fundamentales del artículo 19 N°4 y N°7 inciso 6° de la Carta Fundamental, esto es, respectivamente, el derecho a la privacidad y a un debido proceso, por lo que en ese aspecto, la resolución debe ser confirmada. 3°) Sin embargo, en lo que guarda relación con el documento de encargo d
Fallo
por tanto, se ordene incluir en el auto de apertura de juicio oral las mentadas probanzas. 2°) En lo que respecta a la exclusión de las fotografías, tal como indica la resolución impugnada, cobra vigor el artículo 31 de la Ley N°20.084, en aquella parte que exige la participación del defensor en “cualquier actuación en que se requiera al adolescente y que exceda de la mera acreditación de su identidad”, circunstancia que precisamente es la que acontece en la especie, toda vez que dichas fotografías fueron obtenidas en ausencia de un defensor del imputado y en forma autónoma por la policía, según lo debatido en la audiencia, ya que no pudo acreditarse por el ente persecutor que su obtención haya sido autorizada o visada previamente por el fiscal, de modo tal que efectivamente corresponden a una diligencia ilícita, toda vez que infringe el citado artículo 31 y, además, las garantías fundamentales del artículo 19 N°4 y N°7 inciso 6° de la Carta Fundamental, esto es, respectivamente, el derecho a la privacidad y a un debido proceso, por lo que en ese aspecto, la resolución debe ser confirmada. 3°) Sin embargo, en lo que guarda relación con el documento de encargo de vehículo motorizado, N°615613, que emana de la Subsecretaría de Prevención del Delito, del Ministerio del Interior, disiente esta Corte de lo razonado por la juez a quo, pues no resulta aplicable en la especie el artículo 334 del Código Procesal Penal, ya que dicho antecedente no se origina en una diligencia o actua
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de marzo de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: las mentadas probanzas. 1°) Por resolución de 14 de febrero del año en curso, dictada en la audiencia de preparación de juicio oral, por el Segundo Juzgado de Garantía de esta ciudad, en la causa ROL N°O-5818-2024, seguida contra el imputado adolescente Cristian Isaías Álvarez Lobos, por los delitos
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica