VIEYTES/VILLALBA
Rol
Fecha
17 de marzo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: A folio 1 comparecen los abogados Leonardo Leiva Mendoza y José Henríquez Muñiz, interponiendo recurso de protección en representación de doña Ornella Katherinne Aurora Vieytes Villanueva, directora de la Escuela Víctor Manuel Sánchez Cabañas de Tierra Amarilla, domiciliada en Miguel Lemeur Nº 471, comuna de Tierra Amarilla, en contra de doña Juseph Jaquira Scharlet Villalba Muñoz, RUT 18.403.561-8, desconoce profesión u oficio, domiciliada en calle Miguel Lemeur Nº 707, comuna de Tierra Amarilla, por los hechos y
Fundamentos
fundamentos de derecho que expone. Indican que, en el ejercicio del cargo indicado, la actora conoció a la recurrida en su calidad de apoderada del aludido establecimiento educacional, calidad que perdió por los motivos que indica, con fecha 19 de agosto del 2024. Señalan que, una vez notificada esta última decisión, la recurrida ha realizado siete publicaciones en la red social Facebook que atentan contra el honor y honra de la actora, los días 20, 22 y 23 de agosto y 23 de septiembre de 2024, las que transcriben en su recurso. Sostienen que el actuar de la recurrida es ilegal pues no tiene el legítimo derecho para obrar de la forma descrita, no habiendo utilizado los mecanismos legales para ello, sin existir, además, un previo proceso regularmente tramitado. Además, manifiestan que la conducta indicada constituye un acto arbitrario puesto que a la recurrente le ha resultado imposible de refutar, desde que a la afectada no le asisten mecanismos institucionales, en el momento de realizarse las publicaciones o en tiempo inmediato, que le permitan desvirtuar las imputaciones vertidas en su contra. Por su parte, plantean que este actuar vulnera los derechos a la vida y a la integridad física y psíquica, a la honra, a la vida privada y a la propiedad de la recurrente, reconocidos en los N°s. 1, 4, 24, respectivamente, del artículo 19 de la Constitución Política de la República, en los términos que expresan. Previas citas legales y jurisprudenciales solicitan que se acoja el recurso, en la forma siguiente: - Se declare la ilegalidad o arbitrariedad del trato otorgado por la recurrida a la afectada Ornella Vieytes Villanueva. - Se declaren infringidos, por parte de la recurrida, los derechos constitucionales a la vida y a la integridad física y psíquica, al respeto y protección a la vida privada y a la honra de la persona y su familia, a la protección de los datos personales y al derecho a la propiedad, con relación a doña Ornella Vieytes Villanueva (artículo 19 N° 1, N° 4 y N° 24 de la Constitución Política de la República respectivamente). - Se adopten todo tipo de medidas destinadas a restablecer el imperio del derecho y a asegurar la tutela de los derechos vulnerados, poniendo fin a los actos y omisiones ilegales y arbitrarios descritos en este recurso. En particular, piden que: - Se ordene borrar las publicaciones en las redes sociales y todo el contenido publicado en descrédito de doña Ornella Vieytes Villanueva. - Se ordene a la recurrida abstenerse en lo sucesivo de realizar publicaciones de esta connotación en contra de la recurrente. - Se ordene limpiar la imagen de la recurrente, ordenando a la recurrida a pedir disculpas públicas, a través de las páginas respectivas de Facebook, en las cuentas en que se han vulnerado las garantías constitucionales de la misma, o lo que esta Corte estime en derecho resolver. En un otrosí, acompañan los documentos que indica, en particular las seis publicaciones en la página Facebook. Segundo: A folio
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, el Auto Acordado sobre tramitación y fallo del recurso de protección de garantías constitucionales, se resuelve que SE ACOGE, sin costas, el recurso de protección, entablado por los abogados Leonardo Leiva Mendoza y José Henríquez Muñiz, en representación de doña Ornella Katherinne Aurora Vieytes Villanueva, en contra de doña Juseph Jaquira Scharlet Villalba Muñoz, por perturbar y amenazar, en forma arbitraria e ilegal, los derechos de la recurrente, solo en cuanto se ordena a esta última eliminar de los medios y espacios virtuales en que se encuentra actualmente publicada en facebook, las publicaciones que aluden a la recurrente y abstenerse en el futuro, de publicar en redes sociales cualquier comentario sobre los mismos hechos. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Redacción de la abogada integrante doña Verónica Ximena Álvarez Muñoz. N° Protección-384-2024.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Copiapó Copiapó, diecisiete de marzo de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: A folio 1 comparecen los abogados Leonardo Leiva Mendoza y José Henríquez Muñiz, interponiendo recurso de protección en representación de doña Ornella Katherinne Aurora Vieytes Villanueva, directora de la Escuela Víctor Manuel Sánchez Cabañas de Tierra Amarilla, domiciliada en Miguel Lemeur N
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