CORPORACION EDUCACIONAL ROJAS PALAVECINO/INMOBILIARIA PROMASH SPA
Rol
Fecha
17 de marzo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
OMITE PRONUNCIAMIENTO
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1.- Que el abogado señor José Joaquín Zarhi Rivas, deduce recurso de hecho (falso) en contra de la resolución dictada el veintisiete de febrero de dos mil veinticinco por el 20º Juzgado Civil de esta ciudad, por la cual se concedió recurso de apelación interpuesto, con el seis de febrero del año en curso el que dio origen al Ingreso Corte Nº3256-2025, en atención a que, a su juicio, el Tribunal a quo no debió concederla. 2.- Que conforme consta de los autos sobre recurso de apelación de incidente, ingresados bajo el Ingreso Corte N°3256-2025, por resolución de cinco de marzo del presente año, esta Corte –a través de esta Sala Tramitadora-, se pronunció sobre la admisibilidad de dicho recurso, ordenando traer los autos en relación. 3.- Atendido lo anterior y
Fundamentos
considerando esta Corte que, en las condiciones apuntadas, el ejercicio del presente recurso de hecho ha perdido oportunidad, pues importaría impugnar por vía anómala una decisión ya adoptada, éste no podrá ser admitido a tramitación, debiendo atenerse a lo resuelto en el ingreso singularizado precedentemente.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad además con lo dispuesto en los artículos 196 y 200 del Código de Procedimiento Civil, se omite pronunciamiento por falta de oportunidad, respecto al presente recurso de hecho (falso), interpuesto con fecha seis de marzo del año en curso. Agréguese copia de lo resuelto en el Ingreso Corte Nº3256-2025. Archívese. N°Civil-3565-2025. Pronunciada por la Sala Tramitadora de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Guillermo De La Barra Dunner e integrada por el Ministro (s) señor Fernando Valderrama Martínez y el Abogado Integrante señor Manuel Luna Abarza.
Texto Completo (Preview)
kom C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de marzo de dos mil veinticinco. Al folio N°1: A todo, estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1.- Que el abogado señor José Joaquín Zarhi Rivas, deduce recurso de hecho (falso) en contra de la resolución dictada el veintisiete de febrero de dos mil veinticinco por el 20º Juzgado Civil de esta ciudad, por la cual se concedió recurso de a
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica