MP C/BORIS MAXIMILIANO BASSO BIZAMA Y GEORGE ENRIQUE BASSO BIZAMA
Rol
Fecha
17 de marzo de 2025
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Que en la especie no existen nuevos antecedentes que permitan hacer variar las consideraciones que se tuvieron en cuenta al momento de decretarse la prisión preventiva de los imputados. En efecto, en esta estadio procesal se encuentran justificados los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, y en lo que dice relación con la letra c) del señalado artículo, su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, atendida la pluralidad de ilícitos, bienes jurídicos protegidos, penalidad asignada en la ley y eventual forma de cumplimiento, lo que torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador a los efectos normados en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de diez de marzo del año en curso, dictada por el Décimo Juzgado de Garantía de Santiago, que mantuvo la prisión preventiva de los imputados Boris Maximiliano Basso Bizama y George Enrique Basso Bizama. Comuníquese vía interconexión. N°821-2025 Penal
Texto Completo (Preview)
En San Miguel, diecisiete de marzo de dos mil veinticinco. Sala: Tercera Sala Rol: 821-2025 Penal Ruc: 2400554693-8 RIT: 1510-2024 Tribunal: 10° Juzgado de Garantía de Puente Alto. Relator: Diego Muñoz Gaete. Fiscal: Héctor Fernández Defensa: Cristian Bustamante. Imputado: Boris Maximiliano Basso Bizama y George Enrique Basso Bizama. Delito: Amenazas simples contra personas y propiedades. Tipo de
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