CARMEN ALICIA MONTERO BARBOZA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
17 de marzo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que Elizabeth Araya González, abogado, en representación de Carmen Alicia Montero Barboza, venezolana, interpone acción constitucional de amparo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 inciso final de la Constitución Política de la República, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por el acto ilegal consistente en la amenaza de expulsión en su contra, lo que vulnera lo dispuesto en el artículo 19 Nº7 de la Constitución Política de la República, solicitando que se deje sin efecto la resolución impugnada ordenando el inicio de un nuevo proceso. Expone que a causa de la Resolución Exenta N°24484976, de 22 de octubre de 2024, por medio de la cual se rechazó su solicitud de permanencia definitiva, y se decretó su abandono del país, por no haber remitido la sanción correspondiente a lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley de Extranjería. Indica que dicha decisión, la cual nunca le fue notificada, es ilegal ya que le impide el acceso a una solicitud de visa en el país, como asimismo, continuar desarrollando su proyecto de vida en nuestro país, ya que cuenta con un empleo, y vulnera el principio de reunificación familiar, ya que tiene una hija chilena. Pide que se acoja el presente recurso, dejando sin efecto la resolución dictada, y ordenar retrotraer el procedimiento administrativo al estado de permitir al amparado continuar la tramitación del procedimiento de solicitud de regularización migratoria. Segundo: Que informa la Prefectura de Migraciones y Policía Internacional Metropolitana, quien de acuerdo al Sistema de Gestión Policial, Montero Barboza no registra orden de expulsión vigente, ni órdenes de aprehensión, arrestos o arraigos en su contra. Tercero: Que, a su vez, informa el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo del recurso. Indica que la actora realizó una solicitud de residencia definitiva el 4 de agosto de 2020, encontrándose en situación migratoria irregular, respecto de la cual
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Carmen Alicia Montero Barboza en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Acordada con el voto en contra del ministro Sr. Contreras, quien fue del parecer de acoger la presente acción constitucional, dejar sin efecto la resolución impugnada y fijar un plazo de 60 día para los efectos de saldar la multa impugnada y subsanar la solicitud, estimando que la actuación denunciada resulta, por ahora, desproporcionada e ilegal. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°346-2025 Amparo
Texto Completo (Preview)
San Miguel, diecisiete de marzo de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que Elizabeth Araya González, abogado, en representación de Carmen Alicia Montero Barboza, venezolana, interpone acción constitucional de amparo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 inciso final de la Constitución Política de la República, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por e
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