JUZGADO POLICIA LOCAL DE CERRILLOS

REYES GONZALEZ CLAUDIA-BRUNO FRITSCH S.A.-COMERCIAL CHRYSLER SPA

Rol

Fecha

14 de marzo de 2025

Materia

SIN MATERIA

Resultado

CONFIRMA CON DECLARACIÓN

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: En el motivo cuadragésimo sexto, se reemplaza el guarismo “$4.000.000” por “1.000.000”.- Y teniendo, además, presente. 1° Que en cuanto al daño moral, teniendo en consideración que si bien la situación denunciada es susceptible de causar afectación psicológica, no permite regular su cuantía en la suma decidida por el juez a quo, sino en una inferior. 2° Que del mérito de los antecedentes, aparece que la indemnización concedida por el tribunal a quo en lo que respecta al daño moral es excesiva, teniendo en consideración para ello la prueba rendida, especialmente la declaración del testigo Patricio Marchant González (fojas 134) y el reconocimiento realizado por el abogado de la parte demandante en estrados, de que su parte recibió el monto de $1.000.000.- (un millón de pesos) con motivo de la demora no habitual en la entrega del móvil materia de autos, producto de su reparación, por lo cual se reducirá prudencialmente al monto que se dirá. 3° Que atendida la entidad de la infracción y su contexto, esta Corte reducirá la multa impuesta en la forma que se dispondrá en lo resolutivo de esta sentencia. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley N° 18.287, se confirma la sentencia apelada de once de julio de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Policía Local de Cerrillos, con las siguientes declaraciones: a) Se reduce el monto de la indemnización por concepto de daño moral que debe pagar la demandada en favor de la demandante a $1.000.000.- (un millón de pesos) b) Se reduce la multa impuesta a la parte denunciada a cinco Unidades Tributarias Mensuales. Regístrese y devuélvase. N° 2352-2022 Policía Local.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 y siguientes de la Ley N° 18.287, se confirma la sentencia apelada de once de julio de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Policía Local de Cerrillos, con las siguientes declaraciones: a) Se reduce el monto de la indemnización por concepto de daño moral que debe pagar la demandada en favor de la demandante a $1.000.000.- (un millón de pesos) b) Se reduce la multa impuesta a la parte denunciada a cinco Unidades Tributarias Mensuales. Regístrese y devuélvase. N° 2352-2022 Policía Local.

Texto Completo (Preview)

Alegaron, previo anuncio y relación pública, los abogados don Pablo Méndez, don Luis Reyes y don Jorge Villavicencio por y contra los recursos. San Miguel, 14 de marzo de 2025. Andrea Corvalán Sáez, relatora. San Miguel, catorce de marzo de dos mil veinticinco. Al escrito folio N°25, 27, 28 y 29 Téngase presente. Vistos: En el motivo cuadragésimo sexto, se reemplaza el guarismo “$4.000.000” por

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