JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE PUERTO NATALES

MINISTERIO PUBLICO C/ ALEJANDRA MERCEDES QUINTEROS VALLEJOS

Rol

Fecha

14 de marzo de 2025

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Atendido lo expuesto en audiencia por los letrados asistentes y estimándose por esta Corte que la aplicación de medidas cautelares alternativas, como propone la defensa, resultan suficientes para satisfacer la necesidad de resguardo establecida en la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en especial al considerar la naturaleza de los delitos, las circunstancias de comisión y la participación que se le imputa, desprendiéndose que en el presente estado de la investigación resulta más proporcional el imponer una medida distinta al arresto domiciliario total, y visto lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha siete de marzo del presente año, dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Puerto Natales, con declaración que se sustituye la medida cautelar de arresto domiciliario total decretada respecto de la imputada Alejandra Mercedes Quinteros Vallejos, por las medidas cautelares contempladas en las letras a), d), e), g) del artículo 155 del Código Procesal Penal, esto es, arresto domiciliario nocturno, arraigo regional, manteniéndose las medidas de prohibición de asistir a FARMACIAS AHUMADA, ubicada en calle Bulnes N°598, Puerto Natales y prohibición absoluta del imputado para aproximarse a la víctima o a su familia, en los mismos términos dispuesto por el Juzgado a quo. Comuníquese lo resuelto por la vía más expedita. Rol N°94-2025. Penal.

Texto Completo (Preview)

Punta Arenas, catorce de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Atendido lo expuesto en audiencia por los letrados asistentes y estimándose por esta Corte que la aplicación de medidas cautelares alternativas, como propone la defensa, resultan suficientes para satisfacer la necesidad de resguardo establecida en la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, en especial

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica