SIN INFORMACION

MOROSIN O´DWYER ROSA EUGENIA / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

21 de marzo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, el presente amparo se interpone en favor de Rosa Eugenia Morosin O´Dwyer, en contra de la Resolución Exenta N°24462419, de 08 de octubre de 2024, del Servicio Nacional de Migraciones, que declaró inadmisible la solicitud de residencia temporal y autorizó el egreso del territorio nacional de la amparada. 2°.- Que, del mérito de lo obrado en autos Ingreso Corte Amparo N°1035-2025, tenido a la vista, se evidencia que respecto del mismo actor se dedujo acción de amparo por los mismos hechos que fundan el presente, el que fue declarado inadmisible por esta Corte, a través de resolución de once de marzo del presente año. 3°.- Que, en contra de dicha sentencia el amparado no ha deducido recurso alguno, siendo improcedente obtener por esta vía un nuevo análisis de lo allí ya decidido, no pudiendo pretenderse que la acción de amparo se erija en un instrumento que propicie su revisión anómala e impropia. Aceptarlo importaría distorsionar la finalidad de la acción de amparo; 4°.- Que, asimismo y como se estableció en el Ingreso Corte señalado, los antecedentes expuestos en el recurso no dan cuenta de hechos que, según el artículo 21 de la Constitución Política de la República, correspondan a aquellos susceptibles de la cautela impetrada por esta vía, al no vulnerar o amenazar la libertad personal y la seguridad individual, entendida esta última como la garantía de que la libertad personal no pueda ser afectada sino en los casos previstos por la ley, máxime si, de lo expuesto, se advierte que el ordenamiento jurídico concede y reconoce al recurrente el remedio idóneo para poner término a la situación descrita en el libelo, ejerciendo su derecho de defensa a través de la vía del recurso de protección. Por estas consideraciones, y lo dispuesto por el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se declara inadmisible el presente recurso. Archívese en su oportunidad. N°Amparo-1091-2025.jzc

Fallo

Por estas consideraciones, y lo dispuesto por el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se declara inadmisible el presente recurso. Archívese en su oportunidad. N°Amparo-1091-2025.jzc

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de marzo de dos mil veinticinco. Al folio N°1: Por recibidos los antecedentes de la Excma. Corte Suprema. A todo, estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, el presente amparo se interpone en favor de Rosa Eugenia Morosin O´Dwyer, en contra de la Resolución Exenta N°24462419, de 08 de octubre de 2024, del Servicio Nacional de Migracio

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