BANCO DE CHILE/GONZÁLEZ
Rol
Fecha
17 de marzo de 2025
Materia
DESPOSEIMIENTO, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia, y en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley, naturaleza jurídica que, en la especie, no se cumple. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la tercerista el ocho de octubre de dos mil veinticuatro (folio N°35), en contra de la resolución de dos del mismo mes y año (folio N° 34). Regístrese y devuélvase. N°Civil-606-2025.imm
Fundamentos
considerando que el recurrente señala en su escrito que repone con apelación en subsidio en contra de la resolución de dos de octubre de dos mil veinticuatro, a folio N°34, estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia, y en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley, naturaleza jurídica que, en la especie, no se cumple.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la tercerista el ocho de octubre de dos mil veinticuatro (folio N°35), en contra de la resolución de dos del mismo mes y año (folio N° 34). Regístrese y devuélvase. N°Civil-606-2025.imm
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de marzo de dos mil veinticinco. Sin perjuicio de advertirse un error en la resolución que concede el recurso de apelación, en cuanto a la fecha y folio de la resolución recurrida, y considerando que el recurrente señala en su escrito que repone con apelación en subsidio en contra de la resolución de dos de octubre de dos mil veinticuatro, a folio N°34, estes
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica