SIN INFORMACION

MENDEZ/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIÓN

Rol

Fecha

18 de marzo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

(MIGR)INCOMPETENCIA(RBF)

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Hechos

Visto: Teniendo presente que, de acuerdo a la documentación acompañada en autos, los hechos denunciados ocurrieron dentro del territorio jurisdiccional de la Corte de Apelaciones de San Miguel, donde produjeron sus efectos, y de conformidad con lo dispuesto en el N°1 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema de Justicia sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declara que este tribunal no es competente para conocer la presente acción, sino que lo es la I. Corte de Apelaciones de San Miguel, a la que deberán remitirse estos antecedentes. Al primer y segundo otrosí: Téngase presente la personería. A sus antecedentes el mandato judicial. Tómese nota en los libros pertinentes. Sirva la presente resolución de suficiente oficio remisor. N°Protección-23315-2024.

Fallo

se declara que este tribunal no es competente para conocer la presente acción, sino que lo es la I. Corte de Apelaciones de San Miguel, a la que deberán remitirse estos antecedentes. Al primer y segundo otrosí: Téngase presente la personería. A sus antecedentes el mandato judicial. Tómese nota en los libros pertinentes. Sirva la presente resolución de suficiente oficio remisor. N°Protección-23315-2024.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción IRM/rbf Concepción, dieciocho de marzo de dos mil veinticinco. Al escrito “patrocinio y poder”: A lo principal: Visto: Teniendo presente que, de acuerdo a la documentación acompañada en autos, los hechos denunciados ocurrieron dentro del territorio jurisdiccional de la Corte de Apelaciones de San Miguel, donde produjeron sus efectos, y de conformidad con lo dispuesto en el N°1 d

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