DIAZ DIAZ JONATHAN ALEJANDRO / GENDARMERÍA DE CHILE
Rol
Fecha
13 de marzo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A folio 1, comparece doña Juana Díaz Cofré, quien mediante formulario interpone recurso de amparo a favor de su hijo, Jonathan Alejandro Díaz Díaz, cédula nacional de identidad N° 16.235.604-6, actualmente privado de libertad en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, en contra de Gendarmería de Chile. Indica que el amparado se encontraba amenazado de muerte, y que el 25 de febrero pasado lo golpearon en el abdomen y en el brazo, donde además recibió una herida de punzón, por lo que fue aislado pero no lo llevaron a enfermería. Solicita concretamente que el amparado sea trasladado al Recinto Penal de Limache. A folio 4, informa el Sr. Alcaide del Complejo Penitenciario de Valparaíso, dando cuenta que en declaración voluntaria prestada por el interno manifestó tener problemas de convivencia con otros usuarios del mismo recinto, pero no los reconoce ni identifica, lo que impide tomar medidas al respecto. Sin perjuicio de ello, solicita un cambio al módulo 103. A folio 7, informa el Sr. Director Regional de Gendarmería de Valparaíso, dando cuenta que el amparado registra un alto compromiso delictual, con 21 faltas al régimen penitenciario, como tenencia de celular, riñas con armas blancas, amenazas de muerte a funcionarios, actos indecorosos en las visitas, tenencia de drogas, entre otras. Por lo anterior, indica que no es factible su traslado a la Unidad Penal de Limache ni a ningún otro dentro de la región,
Fundamentos
considerando que disponen de menores condiciones de seguridad para albergar a un interno con un perfil criminológico como el del amparado. A folio 8, se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, la acción de amparo garantiza a toda persona que ilegalmente sufra cualquier privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual, la posibilidad de recurrir ante la respectiva magistratura, para que dicte en tal caso las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Segundo: Que, lo solicitado mediante esta acción es que el amparado sea trasladado al Centro Penitenciario de Limache, por correr peligro su vida o su integridad física al interior del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Valparaíso, en el que actualmente se encuentra. Tercero: Que, según lo dispuesto en los artículos 3° y 6 N° 10 de la Ley Orgánica de Gendarmería de Chile, el Servicio recurrido tiene como función principal la de dirigir los establecimientos penales del país, aplicando las normas de régimen penitenciario que contempla la ley y velar por la seguridad al interior de ellos, por lo que corresponde a dicha autoridad penitenciaria administrar la destinación de los internos a cada recinto penal, teniendo en consideración las características propias de cada usuario. Cuarto: Que, además de lo anterior, no acreditándose el supuesto fáctico invocado en el recurso, en cuanto a golpes y heridas punzantes al interno, manifestando éste solo mantener problema de convivencia con otros internos, en la especie no se vislumbra actuación ilegal de Gendarmería de Chile que produzca afectación alguna de la libertad personal o seguridad individual del amparado que amerite la adopción de alguna medida por esta Corte de Alzada, de modo que se rechazará la presente acción.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, la acción constitucional de amparo interpuesta a favor de Jonathan Alejandro Díaz Díaz, en contra de Gendarmería de Chile. Se previene que la Ministro Sra. Letelier, concurre al rechazo sin sin perjuicio de instruir a Gendarmería de Chile de velar por la salud e integridad física del amparado. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-606-2025.
Texto Completo (Preview)
Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, trece de marzo de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1, comparece doña Juana Díaz Cofré, quien mediante formulario interpone recurso de amparo a favor de su hijo, Jonathan Alejandro Díaz Díaz, cédula nacional de identidad N° 16.235.604-6, actualmente privado de libertad en el Complejo Penitenciario de Valparaíso, en contra de Gendarmería de Chile. Indica que e
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