3º JUZGADO DE LETRAS DE IQUIQUE

CHIRON USA LIMITED LIABILITY CON IMPORT EXPORT K WORLD LIMITADA. (O)

Rol

38439-2021

Fecha

9 de diciembre de 2022

Materia

Civil

Resultado

RECHAZA CASACION EN EL FONDO (M)

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Hechos

VISTO: En este cuaderno incidental del procedimiento ejecutivo tramitado ante el Tercer Juzgado de Letras de Iquique bajo el rol N°959-2018, caratulado “Chiron USA Limited Liability con Import Export World”, por resolución de fecha veinticinco de marzo de dos mil veintiuno, el tribunal de primer grado acogió el incidente de abandono del procedimiento, con costas. Apelada esta decisión, confirmada por una sala de la Corte de Apelaciones de Iquique mediante sentencia de cuatro de mayo de dos mil veintiuno. Contra este último pronunciamiento la parte demandante dedujo recurso de casación en el fondo. Se ordenó traer los autos en relación. Y TENIENDO EN CONSIDERACIÓN: PRIMERO: Que el recurrente de casación denuncia que el fallo impugnado infringiría lo dispuesto en el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil y artículo 3º de la Ley Nº 21.226. Sostiene que la vulneración a la norma se produce al hacer exigible la realización de una gestión útil de un proceso que ya había culminado. Agrega que la gestión que, legalmente corresponde realizar es a un tercero ajeno al proceso, como lo es la notificación de la sentencia que se realiza por receptor judicial, malamente se podría atribuir desidia al litigante en la prosecución del juicio, quien instó en todo momento por su continuación hasta la sentencia definitiva. Todo esto debe insertarse, por lo demás, en el contexto de una pandemia que dificulta cualquier diligencia procesal. Agrega que la Ley Nº 21.226 se publicó precisamente para evitar que esta situación genere indefensión a quienes necesiten litigar en autos durante la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública que fuese declarado por Decreto Supremo Nº 104, de 18 de marzo de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, y el tiempo en que este sea prorrogado, si es el caso, los tribunales ordinarios y especiales no podrán decretar diligencias ni actuaciones judiciales que, de realizarse, puedan ca

Fallo

fallo impugnado infringiría lo dispuesto en el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil y artículo 3º de la Ley Nº 21.226. Sostiene que la vulneración a la norma se produce al hacer exigible la realización de una gestión útil de un proceso que ya había culminado. Agrega que la gestión que, legalmente corresponde realizar es a un tercero ajeno al proceso, como lo es la notificación de la sentencia que se realiza por receptor judicial, malamente se podría atribuir desidia al litigante en la prosecución del juicio, quien instó en todo momento por su continuación hasta la sentencia definitiva. Todo esto debe insertarse, por lo demás, en el contexto de una pandemia que dificulta cualquier diligencia procesal. Agrega que la Ley Nº 21.226 se publicó precisamente para evitar que esta situación genere indefensión a quienes necesiten litigar en autos durante la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública que fuese declarado por Decreto Supremo Nº 104, de 18 de marzo de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, y el tiempo en que este sea prorrogado, si es el caso, los tribunales ordinarios y especiales no podrán decretar diligencias ni actuaciones judiciales que, de realizarse, puedan causar indefensión a alguna de las partes o intervinientes, a consecuencia de las restricciones impuestas por la autoridad en el marco del estado de excepción constitucional referido, o en razón de las consecuencias provocadas por la emergenc

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PAGE 9 Santiago, nueve de diciembre de dos mil veintidós. VISTO: En este cuaderno incidental del procedimiento ejecutivo tramitado ante el Tercer Juzgado de Letras de Iquique bajo el rol N°959-2018, caratulado “Chiron USA Limited Liability con Import Export World”, por resolución de fecha veinticinco de marzo de dos mil veintiuno, el tribunal de primer grado acogió el incidente de abandono del pr

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