MENDOZA/JUZGADO DE GARANTIA DE ANTOFAGASTA
Rol
Fecha
12 de marzo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA/RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Comparece de Carlos Fernando Medina Zamora, Defensor Penal Público Penitenciario, domiciliado en Calle Padre Waldo Alcalde Nro. 640, Casa 25, comuna de Coquimbo, quien en representación de José Miguel Mendoza Porco, cédula de identidad N°14.883.937-9, quien actualmente purga en el Complejo Penitenciario de La Serena; deduce recurso de amparo de conformidad a lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, en contra del Juzgado de Garantía de Antofagasta, por el actuar ilegal y arbitrario, al dictar la resolución que no da lugar a la petición de eximir al condenado del apremio del artículo 49 del Código Penal o bien de rebajar prudencialmente la multa impuesta. Informó el recurrido, solicitando el rechazo de la acción. Puesta en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que funda su acción señalando que el amparado fue condenado en causa RIT 323-2022 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta a la pena corporal de 10 años y 1 día de presidio mayor en su grado medio y al pago de una multa de 50 UTM por su responsabilidad en un delito de tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas. Indica que en lo resolutivo de la sentencia se dejó constancia que el amparado optó por sustituir la pena pecuniaria por la prestación de servicios en beneficio de la comunidad, no obstante que el
Fallo
fallo referido estableció que lo anterior se resolvía sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 49 del Código Penal. Actualmente el amparado se encuentra cumpliendo su condena en el Complejo Penitenciario de La Serena la que finaliza en el mes de julio del año 2031 y en su oportunidad solicitó a la administración penitenciaria el traslado internacional con la finalidad de cumplir el saldo de su pena corporal en su país. Lo anterior de acuerdo con lo dispuesto en el tratado suscrito entre Chile y Bolivia que regula el traslado o transferencia de personas condenadas, aprobado por Decreto N° 227 de 2004 del Ministerio de relaciones exteriores. Al recibir la solicitud, el Complejo Penitenciario de La Serena requirió al Juzgado de Garantía de Antofagasta con fecha 23 de septiembre de 2024 un pronunciamiento respecto del traslado como también la conversión de la multa impuesta, previamente sustituida por trabajos comunitarios en días de reclusión. Bajo dicho contexto la defensa requirió al Juzgado de Garantía la realización de audiencia de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 49 y siguientes del Código Penal, solicitando que la multa fuera rebajada prudencialmente, tal como ocurrió respecto a otro condenado, Crescencio Choque Marcani, a quien se le rebajó la multa impuesta de 50 UTM a 1 UTM. No obstante, la Jueza de Garantía Sra. María José Saavedra Cárdenas rechazó la petición argumentando que en consideración al estado procesal de la causa no resultaba posible acoger la
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Antofagasta, a doce de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS: Comparece de Carlos Fernando Medina Zamora, Defensor Penal Público Penitenciario, domiciliado en Calle Padre Waldo Alcalde Nro. 640, Casa 25, comuna de Coquimbo, quien en representación de José Miguel Mendoza Porco, cédula de identidad N°14.883.937-9, quien actualmente purga en el Complejo Penitenciario de La Serena; deduce recurso de a
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