1ER JUZGADO DE POLICIA LOCAL

NELSON ANDRES FLORS RIQUELME CONTRA SOCIEDAD INMOBILIARIA RIO QUIAPO SPA

Rol

Fecha

12 de marzo de 2025

Materia

INFRACCIÓN LEY SERVICIO NACIONAL DEL CONSUMIDOR

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTO: PRIMERO: Que, en los presentes autos se alzó en apelación la parte demandante en contra de la resolución de 27 de noviembre de 2024 que se declaró incompetente para conocer y pronunciarse sobre los hechos denunciados, fundada la decisión en que las controversias suscitadas respecto de acuerdos de reserva y oferta de compra de inmuebles se rige por las disposiciones generales, debiendo ser sometida al conocimiento de los tribunales ordinarios de justicia. SEGUNDO: Que, respecto de la acción incoada, ella se funda en el hecho de haberse vulnerado los derechos regulados en la Ley 19.496 en el marco de no cumplirse íntegramente en los términos, condiciones y plazos contenidos en una oferta de compra y reserva de un departamento y estacionamiento, debiendo desistirse de ello atendido el incumplimiento de la demandada. TERCERO: Que la regla general en el estatuto de protección de los derechos de los consumidores se encuentra en el literal a) del artículo 2° de la Ley 19.496, que refiere que dicha ley es aplicable a los actos jurídicos que […] tengan el carácter de mercantiles para el proveedor y civiles para el consumidor, entendiendo que los derechos que consagra la ley se refiere a todos los actos jurídicos que recorren el iter contractual en materia de consumo, desde los actos preparatorios a los hechos posteriores al acto de consumo, como lo es lo relativo a la garantía legal. Así, la misma disposición en análisis establece en el resto de los literales de dicha disposición, requisitos específicos o exclusiones relativas a la naturaleza jurídica de los contratos que en ellos refiere. Así, en relación al literal e) citado por el juez a quo, al referirse a los contratos relativos a ventas de viviendas por empresas constructoras, se excluye solo en relación a las normas sobre calidad contenidas en la ley N°19.472, al establecer dicha norma el procedimiento sumario como el aplicable a dicha materia, ya sea ante la justicia ordinaria o un árbitro de derecho. CUART

Fallo

se resuelve que, se tiene por interpuesta la denuncia infraccional y demanda civil de indemnización de perjuicios, debiendo dictarse la resolución respectiva y continuar la prosecución del juicio conforme a derecho. Comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol N° 105-2024 Policía Local.

Texto Completo (Preview)

Arica, doce de marzo de dos mil veinticinco. VISTO: PRIMERO: Que, en los presentes autos se alzó en apelación la parte demandante en contra de la resolución de 27 de noviembre de 2024 que se declaró incompetente para conocer y pronunciarse sobre los hechos denunciados, fundada la decisión en que las controversias suscitadas respecto de acuerdos de reserva y oferta de compra de inmuebles se rige p

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