SIN INFORMACION

CRISTIAN GABRIEL RIVERA AGUILERA CONTRA SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN

Rol

Fecha

12 de marzo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA/RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece el abogado Jorge Gallegos Cabezas, en representación de CRISTIAN GABRIEL RIVERA AGUILERA y dedujo recurso de protección en contra de SERVICIO NACIONAL DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACION, por haber conculcado con su actuar las garantías constitucionales estatuidas en los 1° y 2° del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Señala que el recurrente, solicitó eliminación de antecedentes de hoja de vida del conductor ante el Servicio de Registro Civil de Arica, en virtud de 3 certificados de ejecutoria emitido por Segundo Juzgado de Policía Local de Arica de 16 de marzo de 2024, y uno que declara la prescripción de una sentencia de 23 de diciembre de 2023 emitido por Tercer Juzgado de Policía de Arica. En ese orden de ideas, las sentencias corresponden a las causas 808/2009 MN, la cual declaró el 21 de febrero de 2012 la prescripción de la acción persecutoria, y cuya resolución se encuentra ejecutoriada. Asimismo, en causas 3484/2009-MN y 374/2009-MB por resoluciones de 22 y 23 de febrero de 2012 respectivamente, la acción persecutoria en casa causa se encuentran prescritas. Igualmente, en causa rol 3796/2009-JM con fecha 17 de mayo de 2018 se declaró la prescripción de la sanción impuesta el 7 de julio de 2009. Indica que, al momento de realizar la correspondiente solicitud de eliminación de antecedentes de hoja de vida del conductor, le fue exigido que las resoluciones acompañadas y/o certificaciones acompañadas, contengan como disposición específica que “se eliminen los antecedentes de hoja de vida del conductor”, lo que no es una exigencia legal ni reglamentaria. Tanto es así, que, al solicitar al Juzgado de Policía Local, lo requerido por el recurrido, éste informó que no es posible obtener una resolución de ese tipo, ni tampoco una certificación de término de causa. Sostiene que la exigencia formulada por el funcionario de Servicio de Registro Civil e Identificación, es absolutamente arbitraria e ilegal, ya que las exigencia de la ley son específicamente certificación de ejecutoria, en consecuencia, no siendo amparadas por ninguna norma legal la exigencia, resulta menester acoger esta acción constitucional, y en definitiva ordenar que la solicitud de eliminación de antecedentes sea acogida a tramitación atendido que el accionante cumple los presupuestos legales. Citando lo dispuesto en el artículo 219 de la Ley 18.290, pide se acoja la presente acción constitucional restableciendo el imperio del derecho, ordenando a la recurrida la eliminación de antecedentes de hoja de vida del conductor. SEGUNDO: Que, en la oportunidad correspondiente, el Servicio de Registro Civil e Identificación, evacuó el informe requerido y expuso que conforme a lo informado por el Subdepartamento de Filiación Penal y de Registros especiales, el recurrente no registra antecedentes penales en el registro general de condenas ni en el registro de responsabilidad adolescente; por su parte consta en la hoja de vida

Fallo

Por estas consideraciones, normas legales citadas y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se declara: I.- Que, SE ACOGE el recurso de protección deducido por el abogado Jorge Gallegos Cabezas, en representación de Cristian Gabriel Rivera Aguilera en contra de Servicio Nacional de Registro Civil e Identificación, sólo en cuanto se ordena a la recurrida que elimine la anotación relativa a la causa Rol 3796-2009 del Tercer Juzgado de Policía Local de esta ciudad que consta en la Hoja de Vida del Conductor del recurrente, previo pago de los derechos que establece la norma legal, dentro del plazo de 5 días de ejecutoriada la presente sentencia. II.- Que, SE RECHAZA en lo demás referido recurso de protección. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol N° 43-2025 Protección

Texto Completo (Preview)

Arica, doce de marzo de dos mil veinticinco. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece el abogado Jorge Gallegos Cabezas, en representación de CRISTIAN GABRIEL RIVERA AGUILERA y dedujo recurso de protección en contra de SERVICIO NACIONAL DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACION, por haber conculcado con su actuar las garantías constitucionales estatuidas en los 1° y 2° del artículo 19 de la Constit

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