SIN INFORMACION

LOUIS MARIE-DARLINE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES.

Rol

Fecha

12 de marzo de 2025

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que con fecha 7 de febrero de 2025, comparece Jorge Correa Fuentes, abogado, actuando en representación de Marie-Darline Louis, ciudadana haitiana, e interpone recurso de amparo constitucional en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Thayer Correa, por haber dictado la Resolución Exenta N°25008597 de fecha 07 de enero de 2025, que rechaza su solicitud de residencia definitiva y dispone su abandono del país. Actuación que considera ilegal y arbitraria, ya que se basa en una situación de hecho que es falsa, vulnerando con ello los derechos fundamentales de libertad personal y seguridad individual, que la Constitución Política de la República garantiza a todas las personas en su artículo 19 N°7, por lo que solicita se declare la ilegalidad de la orden de abandono, se deje sin efecto y se ordene a la autoridad administrativa regularizar la situación migratoria de la amparada. Expone el recurrente que la amparada es originaria de Haití, donde vivía junto a su familia en una situación económica precaria, sin alcanzar los estándares mínimos del derecho a una vida digna... En razón de lo anterior, doña Marie se vio en la necesidad de salir de su país y escogió Chile como destino, buscando mejorar su situación económica, ya que tenía conocimiento de que aquí podría acceder a empleos dignos y optar por una mejor calidad de vida. Destaca que la amparada ingresó de manera legal al país y, transcurrido un tiempo, decidió postular a la permanencia definitiva para radicarse junto a su familia: su marido Saint-Jo Antoine (RUT 26.253.001-9), quien es residente definitivo, y el hijo chileno que tienen en común, Paülinho Davens Antoine Louis (RUT 26.582.800-0), de 6 años de edad, quedando de manifiesto el arraigo familiar que mantiene en la nación. Agrega que la amparada se desempeña laboralmente como expendedora de pan, reposición de mercadería y bodega en la empresa chilena de don Luis Maulen Baro, con contrato de

Fundamentos

considerando que precede lleva a concluir que los fundamentos esgrimidos por la autoridad carecen de razonabilidad y proporcionalidad frente a las circunstancias ya anotadas y, sopesando la afectación que ello genera en el derecho a la libertad personal de la amparada, garantizado por la Constitución Política de la República, es motivo suficiente para acoger la acción intentada, considerando especialmente el tiempo de tramitación de la solicitud de que se trata y los efectos que la decisión recurrida conlleva en el devenir del amparado. Así entonces, atendiendo al único motivo por el cual le fue rechazada la solicitud a la recurrente, en observancia de los principios de eficiencia y eficacia que deben atenderse en la substanciación de los procedimientos administrativos, y con la finalidad de que todo lo actuado y los recursos públicos empleados en la tramitación del procedimiento tengan utilidad, la presente acción será acogida en los términos que se indicará en lo resolutivo de esta sentencia.

Fallo

Por estas razones, solicita que se acoja el presente recurso y, en su mérito, se declare la ilegalidad y, en consecuencia, se deje sin efecto la orden de abandono en contra de la amparada; se declare perturbado y amenazado el derecho constitucional a la libertad personal, consagrado en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República; y se ordene a la autoridad administrativa competente regularizar la situación migratoria de doña Marie-Darline Louis, revaluando su solicitud del beneficio migratorio pretendido a la luz de los antecedentes proporcionados. Segundo: Que, el Servicio Nacional de Migraciones, evacua informe, el que posteriormente es rectificado con fecha con fecha 10 de marzo de 2025, adjuntando además los documentos que fueron acompañados por la extranjera amparada durante su proceso migratorio y complementando la información sobre el procedimiento administrativo llevado a cabo. Precisa cronológicamente los hechos del proceso migratorio de la amparada, señalando que doña Marie-Darline Louis solicitó el beneficio de la residencia definitiva en Chile con fecha 11 de enero de 2022, mediante el Portal de Trámites de Extranjería, quedando su solicitud registrada bajo el ID N° 24430494. Expone que a dicha solicitud, la extranjera acompañó una carta explicativa señalando que no había podido obtener su certificado de antecedentes penales. Continúa relatando que, en virtud de lo anterior, con fecha 8 de septiembre de 2023, mediante comunicación electrónica

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, doce de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que con fecha 7 de febrero de 2025, comparece Jorge Correa Fuentes, abogado, actuando en representación de Marie-Darline Louis, ciudadana haitiana, e interpone recurso de amparo constitucional en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Thayer Correa, por haber dictado l

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