ZÁRATE/CONSTRUCTORA SAN LORENZO SPA.
Rol
Fecha
12 de marzo de 2025
Materia
RECARGOS
Resultado
RECHAZADO CON COSTAS
Hechos
VISTOS: Que, en causa RIT O-1537-2023, RUC 23-4-0524231-1, del Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, caratulada “ZARATE/CONSTRUCTORA SAN LORENZO SPA.”, por sentencia definitiva de veintinueve de octubre de dos mil veinticuatro, resolvió, en lo pertinente al recurso, acoger la demanda y declarar el despido como injustificado (indebido) y, en consecuencia, condena a la demandada a pagar las prestaciones atingentes. En contra de la referida sentencia, la demandada principal promovió recurso de nulidad, cuya vista se llevó a cabo en audiencia del miércoles cinco de marzo de dos mil veinticinco, oportunidad en que se anunciaron y comparecieron a la vista la abogada Fabiola Valdivieso Vega, por el recurso; y el abogado Miguel Cabrera Guzmán, contra el recurso. Concluida la vista, se adopta acuerdo, quedando en estado de dictar sentencia.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la recurrente aspira la invalidación del fallo, invocando, como causal principal, la contenida en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo; acusa en el razonamiento de la sentencia, divorcio de los principios de la sana crítica, en particular de las reglas de la lógica, a propósito del principio de identidad y del principio de razón suficiente, lo que determinó, en su concepto, el acogimiento de la demanda de despido injustificado(indebido). Luego de conceptualizar las referidas reglas, expone que la trasgresión queda de manifiesto en el considerando DÉCIMO del
Fallo
fallo -cuyos pasajes reproduce en el recurso-, concluyendo el sentenciador que conforme a la prueba, el segundo tiro no habría sido quedado y, consecuente con ello, no habría elemento de riesgo que diera sustento a la causal invocada, en circunstancias que en concepto de la recurrente, no resulta concordante con el contenido de la prueba que esgrime el fallador para sustentarlo. Expresa que el sentenciador consideró no acreditados los hechos contenidos en la carta despido, y que aquellos acreditados no permiten configuran la causal de despido. Sostiene que todo pensamiento lógico, debe descansar en razones de conocimiento científico y de experiencia que importan aplicación de juicios hipotéticos de contenido general, con relación al artículo 184 del Código del Trabajo, que se impone al empleador un deber imperativo en materia de seguridad, debiendo tomar todas las medidas para prevenir cualquier daño posible. A su turno, manifiesta que el principio de identidad, se infringe de manera manifiesta, al no dar el carácter de tiro quedado al segundo tiro, considerando la declaración del demandante, supuestamente, ratificada por la declaración de otros testigos en la investigación, sin precisar con cuál de esas declaraciones sustentaría su afirmación, lo que desde ya importa una afirmación arbitraria, dado que impide cotejar y razonablemente entender la concordancia, gravedad, multiplicidad de la prueba, a objeto de validar sus dichos. En tal escenario, extracta y analiza en el
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, a doce de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS: Que, en causa RIT O-1537-2023, RUC 23-4-0524231-1, del Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, caratulada “ZARATE/CONSTRUCTORA SAN LORENZO SPA.”, por sentencia definitiva de veintinueve de octubre de dos mil veinticuatro, resolvió, en lo pertinente al recurso, acoger la demanda y declarar el despido como injustificado (indebido) y
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