GERARD MATHIEU LOISEAU /SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
12 de marzo de 2025
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado, Pablo Peñaloza Parra, en favor de Gerard Mathieu Loiseau, de nacionalidad haitiana, cédula de identidad para extranjeros N°26.640.563-4, domiciliado en calle Los Lirios Nº1563, comuna de Peñaflor, interpone acción constitucional de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, con motivo de la dictación de la Resolución Exenta N°24305605 de 21 de junio de 2024, que rechazó su solicitud de residencia definitiva y dispuso el abandono del país. Explica que el recurrente solicitó la residencia definitiva no obstante el servicio rechazó su solicitud y ordenó ordenando el abandono del país por no haber remitido el comprobante de pago de la sanción por residencia irregular, en circunstancias que lo acompañó al procedimiento. Solicita se deje sin efecto la resolución que dispone su abandono del país y ordene al servicio que retrotraiga el procedimiento y le permite completar los antecedentes de que dispone. Segundo: Que el Servicio Nacional de Migraciones informa que el 18 de junio de 2022 el recurrente solicitó el beneficio de la permanencia definitiva, el 18 de julio del mismo año le informó que debía acompañar al procedimiento -entre otros antecedentes- el comprobante del pago de la multa por residencia irregular en el país, el 20 de febrero de 2024 le informó que su requerimiento se encuentra en una hipótesis de rechazo dado el incumplimiento de la carga pecuniaria antes señalada. Adiciona que el recurrente sólo acompañó el comprobante de pago de los derechos asociados a su solicitud de residencia, por lo que el 21 de junio de 2024 rechazó la solicitud de residencia definitiva y dispuso el abandono del país, dado que no remitió copia de la sanción por residir en el país con su permiso de residencia vencido, en conformidad al artículo 88 N°1 de la Ley N°21.325 Tercero: Que informa la Prefectura Metropolitana de Migraciones y Policía Internacional dando cuenta que la recurrente no registra encargos vigente
Fundamentos
fundamentos que la llevaron a adoptar dicha decisión, en este caso el incumplimiento del pago de la multa por residencia irregular, ya que en el procedimiento administrativo sólo se acompañó el pago de los derechos asociados a la solicitud de residencia. Asimismo, la decisión adoptada se ampara en lo dispuesto en el artículo 91 inciso 4°de la Ley N°21.325 de Migración y Extranjería, considerando en particular que, rechazada la solicitud de permanencia definitiva, el órgano recurrido debe disponer el abandono del extranjero, tal y como ocurrió en la especie. Séptimo: Que, en consecuencia, no concurriendo el primer presupuesto de la acción cautelar intentada, el recurso no puede prosperar.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto, además, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo deducido en favor de Gerard Mathieu Loiseau, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Amparo Nº312-2025
Texto Completo (Preview)
San Miguel, doce de marzo de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el abogado, Pablo Peñaloza Parra, en favor de Gerard Mathieu Loiseau, de nacionalidad haitiana, cédula de identidad para extranjeros N°26.640.563-4, domiciliado en calle Los Lirios Nº1563, comuna de Peñaflor, interpone acción constitucional de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, con motiv
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