4º JUZGADO DE FAMILIA SANTIAGO

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

12 de marzo de 2025

Materia

SEPARACION MATRIMONIAL

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que los principios que informan el procedimiento seguido ante los Tribunales de Familia, específicamente, aquellos que estatuyen los artículos 13 y 16 de la Ley 19.968, determinan necesariamente concluir que, a contrario de lo que al parecer advierte el tribunal a quo, corresponde a éste agotar los medios a objeto de intentar notificar a los demandados, actuación que incluso podría llegar a efectuarse a través de avisos, resultando absolutamente impertinente imponer a la parte demandante la exigencia diligenciar un oficio e, incluso, de otorgar un domicilio cierto que perfectamente...

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, doce de marzo de dos mil veinticinco. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que los principios que informan el procedimiento seguido ante los Tribunales de Familia, específicamente, aquellos que estatuyen los artículos 13 y 16 de la Ley 19.968, determinan necesariamente concluir que, a contrario de lo que al parecer advierte el tribunal a quo, corresponde a éste agotar los med

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